Piden no modificar tiempos para la revocación de mandato

*El Comité Popular por Revocación del gobernador de Oaxaca pidió a Congreso de Oaxaca declarar improcedente iniciativa de diputado del PRI
Oaxaca, Oaxaca, Miércoles 06 de Agosto, 2025 (Fuente: Jaime Guerrero / X: @jaimeguerrero08).- El autodenominado “Comité Popular por Revocación del gobernador Salomón Jara Cruz”, pidió al Congreso del estado de Oaxaca, declarar improcedente la reforma constitucional que presentó el diputado del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Javier Casique Zárate.
A través de un documento entregado a cada una de las y los diputados que integran la LXVI Legislatura, el Comité encabezado por Jorge Tello López, pide que se declare improcedente las dos iniciativas de reforma que pretenden modificar los tiempos establecidos en la Constitución y en la Ley de la Revocación de Mandato.
En su escrito, argumentan que la propuesta de Cacique Zárate, que son contrarias a los principios democráticos, al Estado de Derecho y a los derechos fundamentales de participación ciudadana
Por ello, Jorge Tello López, así como María Carmona Díaz, Roberto Villaverde Bolaños, Cecilia Romualdo Martínez, Porfirio Valencia Santa María, Yajaira Chiñas Luis y René Bautista Morales, integrantes del Comité Popular por la Revocación de Mandato de Salomón Jara Cruz piden al Congreso declarar improcedente las dos propuestas de reforma presentadas por el diputado del PRI.
En un documento recibido este 4 de agosto, el Comité Popular por la Revocación de Mandato exponen que dichas propuestas buscan acortar los plazos legalmente establecidos para el ejercicio de este derecho fundamental de participación ciudadana y que vulneran el principio de irretroactividad de las leyes, afectando directamente los derechos políticos de la ciudadanía oaxaqueña.
Consideraron que la Revocación de Mandato es un derecho constitucional que permite a la ciudadanía a evaluar el desempeño de sus gobernantes y, en su caso, revocar el mandato otorgado cuando considere que ha perdido la confianza del pueblo.
Destacaron que los tiempos establecidos en la ley vigente responden a criterios técnicos y democráticos que garantiza un proceso transparente, incluyente y participativo, permitiendo a la ciudadanía organizarse adecuadamente para el ejercicio de este derecho.
Afirmaron que modificar estos plazos de manera retroactiva, contribuye a una violación al principio de seguridad jurídica y representa un atentado contra los derechos políticos fundamentales de la ciudadanía oaxaqueña.
Agregaron que el Congreso del estado tiene la responsabilidad institucional de ser garante de los derechos de la ciudadanía y de mantener el equilibrio de poderes, actuando siempre a favor del interés público y no de intereses particulares.
En la víspera, el diputado del PRI, Javier Casique Zárate, presentó una iniciativa de reforma constitucional para que, se adelante el proceso de Revocación de Mandato, al que se someterá Jara Cruz.
La jornada de la revocación se realizaría en febrero del 2026.
De acuerdo al texto constitucional, vigente, la elección iba a ser en mayo pero se adelantará a febrero.
La reforma constitucional que propone el priísta, que podría ser avalada por el partido MORENA y sus aliados (previa acuerdo y autorización del gran elector de palacio) en el Congreso local, es que el plazo para presentar la solicitud de revocación de mandato sea 1 mes posterior al tercer año de ejercer el cargo y no 3 meses después.
La recolección de firmas durante un mes anterior se incorporan medios electrónicos para recolección de firmas.
El Plazo de verificación de firmas por el IEEPCO (Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana) de 30 días se reduce a 10 días.
La emisión de la convocatoria no será inmediata, tras la verificación de firmas, será dentro de los 3 días posteriores.
La fecha de votación sé adelantará y sería el domingo siguiente a los 30 días.
Respecto al contenido de la pregunta, ya no será una pregunta general, ahora se incluirán respuestas optativas; mientras que los formatos y lineamientos serán emitidos durante los primeros 10 días de octubre.
