Proceso para el padrón de la pensión alimenticia

*Informa Poder Judicial proceso para incorporarse al padrón de personas beneficiarias de pensión alimenticia
*La institución convoca a las y los interesados incorporarse al sistema mediante un sencillo procedimiento
Oaxaca, Oaxaca, Jueves 08 de Septiembre, 2022 (Fuente: Comunicado).- A través de la modalidad de transferencia electrónica, el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado agiliza y simplifica el reintegro de depósitos por concepto de pensión alimenticia o garantía de alimentos a las y los usuarios inscritos en el Padrón de Beneficiarios de Pensión Alimenticia, sin necesidad de trasladarse fuera de su domicilio para recibirlos; por lo que convoca a las y los interesados incorporarse al sistema mediante el siguiente procedimiento:
Paso 1
Por única ocasión, la persona beneficiaria deberá acudir a la Oficialía de Partes del juzgado correspondiente y solicitar a través de un escrito su incorporación al padrón de beneficiarios de pensión alimenticia, requiriendo que los pagos se realicen vía transferencia electrónica.
Deberá exhibir su identificación oficial vigente y copia simple de cualquiera de los siguientes documentos:
*Carátula de su estado de cuenta
*Contrato de apertura de la cuenta bancaria
*O impresión con datos de la institución bancaria que contenga la siguiente información:
-Nombre del banco
-Número de sucursal
-Número de la cuenta de depósito
-CLABE interbancaria
-RFC de la o el beneficiario
Paso 2
El juzgado remite oficio a la Dirección del Fondo para la Administración de Justicia y le instruye mediante el formato FDE-5 el reintegro de los importes por concepto de pensión alimenticia.
Paso 3
La Dirección del Fondo para la Administración de Justicia tramita de manera urgente el registro de la persona beneficiaria en las cuentas del Poder Judicial del Estado y en el padrón.
De acuerdo al artículo 323 Bis del Código Civil para el Estado de Oaxaca, las personas menores de edad, con discapacidad, sujetos a estado de interdicción, personas adultas mayores y el cónyuge que se dedique al hogar, gozan de presunción de necesidad de alimentos, por ello, el Fondo para la Administración de Justicia prioriza el cumplimiento de dicho procedimiento jurídico-administrativo con el objetivo de garantizar el bienestar de las familias.

