Diputada propone reglamentar derecho al Veto

*Para oponerse a lo que no le guste en materia legislativa, tendría que hacerlo apegado a los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia
Mario GIRÓN
Oaxaca, Oaxaca, Viernes 18 de Enero, 2019.- La legisladora del PAN, María de Jesús Mendoza Sánchez, propuso la reglamentación constitucional del derecho al Veto con lo cual evitarían al titular del Poder Ejecutivo, en uso de sus facultades, pero sin los elementales principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia, oponerse a lo que no le guste, una ley o decreto que el Congreso del Estado de Oaxaca envíe para su promulgación.
Explicó que la iniciativa evitará que el titular del Ejecutivo a su libre albedrío pueda vetar lo que no le guste legislativamente. Podrá hacerlo siempre y cuando se ajuste a los elementales principios mencionados. Se trata de establecer un cuándo sí o no, a uno de los derechos constitucionales del gobernante en turno.
En sesión ordinaria del pasado miércoles, la legisladora titular de la Comisión Permanente de Transparencia, Acceso a la Información y Congreso Abierto, subrayó que la propuesta que fue turnada para estudio y análisis, además de buscar una actuación apegada a lo ordenado constitucionalmente entre los poderes Legislativo y Ejecutivo, pretende también que el gobernante no recurra al Veto con criterio de conveniencia política, sino apegado a la legalidad explicativa.
En uso de la palabra en la máxima tribuna deliberativa del estado de Oaxaca, Mendoza Sánchez informó que en el artículo 53 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, se encuentra establecido el derecho de Veto, el cual corresponde para su uso al gobernador en turno:
“Tan importante facultad constitucional representa una oportunidad extraordinaria la cual tiene que ejercerse tomando en consideración el marco de equilibrio entre los Poderes de Oaxaca, en el que se inscriben los gobiernos democráticos”.
Manifestó que la iniciativa de ley presentada en el Congreso del Estado pretende regular la facultad del Ejecutivo tomando en cuenta como premisa fundamental los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia, los cuales rigen el desempeño de la función pública que todo servidor debe de observar, el cual se encuentra establecido en el artículo 109 de nuestra Carta Magna, en su fracción Tercera, que a la letra dice:
“Se aplicarán sanciones administrativas a los servidores públicos por los actos u omisiones que afecten la legalidad honradez, lealtad e imparcialidad y eficiencia que deben observar en el desempeño en sus empleos, cargos o comisiones”.
Recalcó “si bien el marco jurídico legal contempla la facultad del Veto, esta debe quedar suscrita a la observación de los principios subrayados, sobre todo, tomando en consideración que dicho acto incide en la actividad del poder Legislativo. El principio de imparcialidad en su ejercicio es de mayor importancia”, destacó la representante del PAN en la LXIV Legislatura local.
Luego de considerar que en situaciones de elemental relevancia para Oaxaca como lo que se ha mencionado, no se puede actuar siendo juez y parte. La opinión del Veto debe gozar de la imparcialidad necesaria para definir el derecho aplicable, consecuentemente debe de responder a un interés de preservación del orden jurídico y no a la defensa de un derecho propio que se estime vulnerado, manifestó.
Debo señalar, acotó:
“Que no se trata de un acto judicial ni de una sentencia, pero sí de la rendición de una opinión que define el esquema de derecho que ha de aplicarse al acto legislativo. El Ejecutivo no puede emitir el Veto a capricho, sino en forma razonada y fundada, además de que no es un recurso personal con que cuente para defender sus derechos, sino para establecer observaciones que tienda a culminar en una determinación más justa en el tema de un proyecto de ley”.