Oaxaca armoniza su Constitución al Plan B

*Menos regidores, gasto legislativo menor al 0.7% y fin a super salarios en el IEEPCO y el TEEO

Oaxaca, Oaxaca, Miércoles 20 de Mayo, 2026, (Fuente: X: @jaimeguerrero08).- Tres artículos de la Constitución oaxaqueña cambiaran este martes por el Plan B electoral: el Congreso local no podrá ejercer más del 0.70 por ciento del presupuesto estatal, los ayuntamientos tendrán hasta 15 regidurías y las autoridades del IEEPCO (Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca) y el TEEO (Tribunal Estatal Electoral de Oaxaca) verán sus salarios topados al nivel de la presidenta de la República.

El pleno del Congreso de Oaxaca aprobará el dictamen con proyecto de decreto que reforma el párrafo tercero del artículo 31, el párrafo primero de la fracción I del artículo 113 y el párrafo segundo de la base II del artículo 138 de la Constitución Política local.

La iniciativa fue promovida por la diputada Tania Caballero, del Grupo Parlamentario de MORENA, y dictaminada por la Comisión Permanente de Estudios Constitucionales, presidida por el diputado Benjamín Viveros.

El dictamen será sometido al pleno en unos minutos más en sesión extraordinaria virtual.

En su exposición de motivos, Caballero Navarro precisó que la reforma federal —publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de abril de 2026— tiene como finalidad reducir el gasto público, eliminar privilegios y ajustar los salarios de las autoridades electorales, y que su artículo transitorio segundo obliga a las legislaturas locales a armonizar su marco jurídico a más tardar el 30 de mayo.

La promovente planteó tres objetivos concretos para la Constitución oaxaqueña: establecer un límite al presupuesto anual del Congreso del Estado, precisar la integración constitucional de los ayuntamientos bajo un lenguaje incluyente, y reforzar la observancia de los límites aplicables a las remuneraciones de las personas servidoras públicas, en particular de las autoridades electorales locales.

El cambio de mayor impacto es la nueva redacción del artículo 138, que sujeta las remuneraciones de todas las personas servidoras públicas del estado —incluidos sus órganos autónomos constitucionales— a los principios, bases y límites del artículo 127 de la Constitución federal.

En la práctica, los consejeros del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) y los titulares de las secretarías y áreas ejecutivas de esos organismos no podrán percibir remuneraciones superiores a la de la titular del Ejecutivo federal.

La reforma federal también prohíbe la contratación, con recursos públicos, de seguros médicos privados, pensiones especiales u otras prestaciones no previstas en la ley.

La modificación al artículo 31 establece que el Congreso del Estado elaborará su propio proyecto de presupuesto sin rebasar el 0.7% del presupuesto de egresos del Estado. Sin embargo, el presupuesto del Congreso de Oaxaca no es ni ha sido superior actualmente al 0.4%.

El límite entrará en vigor a partir de la legislatura subsecuente, una vez celebradas las elecciones de diputados en 2027.

La reforma al artículo 113 actualiza el texto constitucional para establecer que cada municipio será gobernado por un Ayuntamiento integrado por una persona Presidenta Municipal, una persona Síndica Municipal y el número de regidurías que determine la ley, con un techo de 15, garantizándose la paridad y alternancia entre mujeres y hombres.

Los ayuntamientos que a la entrada en vigor del decreto cuenten con menos de 15 regidurías conservarán su integración actual.

La iniciativa no incluye propuesta sobre la prohibición de reelección de personas diputadas, debido a que la prohibición será aplicable a partir de los procesos electorales federales y locales hasta el año 2030, por lo que no se requiere adecuación local por ahora.