En Guelache más de 15 años sin autoridad electa

*La sala regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación avala elección
Oaxaca, Oaxaca, Jueves 02 de Abril, 2026, (Fuente: X: @jaimeguerrero08).- La sala regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la validez de la elección de integrantes del ayuntamiento de San Juan Bautista Guelache, del distrito de Etla, región Valles Centrales de Oaxaca, al resolver el expediente SX-JDC-52/2026, en sesión pública de resolución.
La Sala avaló la sentencia previa del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) en el expediente JNI/126/2025, que ya había reconocido la legalidad de los comicios celebrados en ese municipio bajo su Sistema Normativo Interno.
En esa elección, celebrada el 1 de septiembre de 2025, los habitantes de San Juan Bautista Guelache eligieron a Susana Carrasco Martínez como presidenta municipal para el próximo trienio, convirtiéndose en la primera mujer en ostentar ese cargo en la comunidad.
El secretario de Gobierno de Oaxaca, Jesús Romero López, reconoció la voluntad y civilidad de esta comunidad de los Valles Centrales, que tras 28 mesas de diálogo logró construir acuerdos y concretar la elección.
La resolución federal descartó las irregularidades alegadas por los impugnantes.
En cuanto a la presunta exclusión de votantes, el tribunal determinó que no existe certeza de que se haya impedido votar a integrantes de la comunidad, toda vez que la documentación presentada resultó contradictoria y no hay registro de dicha irregularidad en las actas de la mesa de votación.
El tribunal también rechazó el argumento relativo a modificaciones al padrón electoral, al establecer que la solicitud correspondiente fue extemporánea, pues se presentó apenas dos días antes de la jornada comicial.
Respecto al hecho de que en otra comunidad votaron 69 personas sin estar inscritas en el padrón, la Sala consideró que esa irregularidad no resulta determinante para anular la elección, dado que la diferencia entre el primer y segundo lugar fue de 176 votos —un margen considerablemente mayor al número de sufragios cuestionados.
El tribunal estimó desproporcionado decretar la anulación, con especial énfasis en que el municipio llevaba más de 15 años sin contar con una autoridad electa.
La jornada, según el IEEPCO, transcurrió en paz y con amplia participación ciudadana, resultado de años de diálogo entre la comunidad y autoridades electorales.
En la misma sesión, la Sala Xalapa resolvió el expediente SX-JDC-81/2026 y acumulado, confirmando la sentencia del TEEO en el expediente JDC/01/2026 y acumulados, que había declarado jurídicamente válida la elección de concejalías en San Antonio de la Cal, Oaxaca.
De acuerdo con el cómputo final del proceso, Juan Alejandro Martínez García, representante de la planilla Naranja, resultó ganador al obtener un total de 3,085 votos.
El tribunal federal respaldó el análisis del TEEO sobre la aplicación de los principios de paridad y progresividad en la integración del cabildo.
La conformación resultante —cinco mujeres y seis hombres en las concejalías propietarias— fue considerada acorde con el principio de paridad, ponderada con el derecho de la comunidad zapoteca a la libre determinación y autonomía para elegir a sus autoridades municipales.
La Sala razonó que la representación femenina alcanzó una integración lo más cercana posible al 50%, con una diferencia mínima y preservando la paridad sustantiva.
Tomó en cuenta que se trata de un órgano colegiado de integración impar y que la distribución resultante es compatible con el mandato de igualdad sustantiva en congruencia con el principio de progresividad.
No obstante, la validación, la Sala Regional exhortó a la comunidad de San Antonio de la Cal a que, en ejercicio de su autonomía y libre determinación, promueva el diálogo y adopte medidas que permitan ampliar la participación de las mujeres en cargos de elección popular.
Bloqueo en la carretera 175 tras fallo del TEEO que revierte el triunfo electoral en San José del Progreso
En el mismo sentido, habitantes de San José del Progreso (del distrito de Ocotlán, región Valles Centrales de Oaxaca) cerraron la tarde de este miércoles la carretera federal 175, a la altura de la entrada al municipio, en rechazo a la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) que ordenó revocar las constancias de mayoría expedidas al presidente municipal Isaías Vásquez González y trasladar la constancia de mayoría y validez a la planilla Rosa.
El bloqueo afectó el paso en la carretera Barranca Larga-Ventanilla y se optó por vías alternas.
Los manifestantes responsabilizaron al gobierno del estado y al TEEO (Tribunal Electoral del estado de Oaxaca) de la violencia que pudiera desatarse a consecuencia del fallo y expresaron su respaldo al edil en funciones.
Advirtieron que no permitirán lo que calificaron como un retroceso para la comunidad y acusaron de presunta corrupción a la planilla rosa, a la que el Tribunal le reconoció el triunfo electoral mediante recuento en sede jurisdiccional.
En un llamado directo, los bloqueadores exigieron la intervención del gobernador Salomón Jara Cruz y de la Cámara de Diputados local para que den solución al conflicto.
Por su parte, las autoridades de tránsito recomendaron a los conductores tomaran vías alternas y circularan con precaución en la zona.
La disputa tiene origen en las elecciones del 30 de noviembre de 2025, en las que participaron cinco planillas bajo el sistema normativo indígena del municipio.
El resultado inicial favoreció a la planilla Guinda, encabezada por Isaías Vásquez González, para el periodo 2026-2028. La planilla Rosa, dirigida por Juan Andrés López Padilla, impugnó ese resultado ante el IEEPCO alegando irregularidades en el cómputo.
Los integrantes de la planilla Rosa señalaron que el Consejo Municipal Electoral no actuó de manera imparcial y que su presidente omitió informar sobre diversas anomalías durante el proceso.
Tras la impugnación, el Tribunal ordenó la apertura de los paquetes electorales y el recuento total de la votación en sede jurisdiccional, detectando inconsistencias en la captura, suma y sistematización del voto tanto en el cómputo original del Consejo Municipal Electoral como en la revisión posterior del IEEPCO.
El recuento arrojó como ganadora a la planilla Rosa, por lo que el TEEO instruyó al IEEPCO modificar su acuerdo de calificación, dejar sin efectos las constancias anteriores y expedir una nueva constancia de mayoría y validez a favor de Juan Andrés López Padilla.
El municipio arrastra una larga historia de conflictividad política y social. En episodios anteriores, disputas sobre la operación de la mina Cuzcatlán provocaron bloqueos en la misma carretera federal 175 y enfrentamientos entre facciones de la comunidad.
Tribunal Electoral de Oaxaca anula elección de Santiago Xanica por exclusión de comunidades
Sobre el mismo tema, el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) declaró no válida la elección municipal de Santiago Xanica, municipio zapoteca de la Sierra Sur que desde finales de 2025 atravesaba un conflicto por la presunta imposición de una reelección sin respaldo comunitario.
El pleno revocó el acuerdo IEEPCO-CG-SNI-416/2025, mediante el cual el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) había declarado válido el proceso.
El TEEO concluyó que la elección no garantizó el derecho de votar y ser votado de todas las comunidades integrantes del municipio.
El pleno observó baja participación ciudadana, la postulación de una planilla única, y una exclusión que el propio tribunal documentó como persistente desde procesos anteriores.
La ciudadanía inconformé también impugnó la implementación de la figura de reelección; sobre ese agravio, el TEEO lo declaró infundado por haber sido analizado y resuelto previamente en otro juicio.
El origen del conflicto se remonta al 30 de noviembre de 2025, cuando la presidenta municipal Miriam Sulamita Díaz Luis se proclamó reelecta sin convocar a asamblea comunitaria, presentando un documento avalado únicamente por parte de su cabildo y no por la asamblea comunitaria, máximo órgano de toma de decisiones.
El Comité Electoral de Xanica acudió días después al IEEPCO para denunciar las irregularidades.
Como resultado de esa reunión se firmó una minuta de acuerdos en la que el instituto se comprometía a instalar una mesa de diálogo entre la autoridad municipal, el comité electoral y, dada la gravedad del caso, con la presencia del secretario de Gobierno, Jesús Romero López.
Sin embargo, afirmó públicamente que las elecciones se habían desarrollado con normalidad y ratificó la reelección, pese a que el propio IEEPCO le había informado que Díaz Luis no presentó documentación válida.
En enero de 2026, integrantes del Comité Electoral y la organización CODEDI llevaron el caso al TEEO.
El representante Mario López López sostuvo que no existe acta, acuerdo ni documento que avale la continuidad en el cargo para el periodo 2026–2028, y advirtió que el palacio municipal permanecía tomado mientras se aguardaba la resolución.
La resolución del TEEO recogió el argumento central de los inconformes: que desde 2010 ha prevalecido en Xanica la participación y decisión de todas las comunidades integrantes del municipio, condición que el proceso impugnado no garantizó, vulnerando los derechos colectivos de votar y ser votadas.
El tribunal consideró que esa exclusión es suficiente para revocar el acuerdo impugnado.
