Buscan ampliar derechos de enfermos terminales

San Raymundo Jalpan, Oaxaca, Domingo 13 de Marzo, 2022 (Fuente: Comunicado).- Analizan las y los diputados de la 65 Legislatura modificar la Ley de los Cuidados Paliativos para los Enfermos no Curables o en Situación Terminal del Estado de Oaxaca, para proporcionar más información a pacientes que sufren de estas enfermedades.

Por lo que se adicionaría un párrafo decretando que los enfermos incurables tendrán el derecho de recibir información clara, oportuna y veraz, sobre los nuevos medicamentos, tratamientos y estudios clínicos que pudieran restablecer en alguna medida su salud, pudiendo someterse nuevamente a un tratamiento curativo.

De esta forma se establecería como un derecho que sean informadas las y los pacientes por parte de las instituciones de salud sobre los avances tecnológicos, nuevos tratamientos y medicamentos que haya para curarlos.

Este decreto fue propuesto por la legisladora Nancy Natalia Benítez Zárate, para adicionar un segundo párrafo a la fracción 1 del Artículo 11 de la ley mencionada, y fue turnado para su estudio y dictamen a la Comisión Permanente de Grupos en Situación de Vulnerabilidad.

Proponen en Parlamento modificar ley para reemplazo de concejales municipales

Por otra parte, proponen ante el Parlamento local hacer más eficientes y específicos los procedimientos de renuncias, licencias, suspensiones, revocaciones y fallecimientos de los concejales de los ayuntamientos de Oaxaca.

Y es que actualmente existe la vaguedad e imprecisiones en la ley que obligan a realizar una interpretación que no garantiza la certeza jurídica, de estos actos relevantes.

Por lo que se propone la reforma y adiciones a los artículos 34, 83, 84, 85 y 86 y se crea el artículo 84 Bis de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.

Las licencias, así como las renuncias de miembros del ayuntamiento, que hayan sido autorizadas y calificadas por éste, deberán ratificarse, previo a la emisión del decreto en cada caso.

El decreto entrará en vigor el día de su aprobación y será requisito para acreditar al nuevo o nuevos integrantes del cabildo ante el área competente de la Secretaría General de Gobierno, sin que pueda exceptuarse el cumplimiento de dicho requisito en ningún caso.

En caso del fallecimiento del concejal presidente o síndico, se celebrará la sesión respectiva una vez que el ayuntamiento cuente con el acta de defunción.

En dicha sesión, se dará cuenta a los integrantes de tal situación, procediendo a requerir al suplente para que asuma el cargo, y en ausencia o negativa de éste, el ayuntamiento designará un concejal como encargado del despacho hasta la conclusión del periodo respectivo, con el voto de la mayoría calificada de sus integrantes.

La propuesta fue realizada por la diputada Lizbeth Anaid Concha Ojeda y turnada para su estudio y análisis a la Comisión Permanente de Fortalecimiento y Asuntos Municipales.