Obligatorio el aborto gratuito en Oaxaca

*Aprueban reforma para aplicar en lo inmediato el protocolo de aborto gratuito en hospitales y clínicas del estado
*Se adecuó la Ley Estatal de Salud para que los 56 hospitales y 500 clínicas en Oaxaca, valgan a favor de todas las mujeres el protocolo de aborto gratuito, sin justificación alguna; si hay omisión se contemplan sanciones contra responsables médicos
Oaxaca, Oaxaca, Jueves 23 de Septiembre, 2021 (Fuente: Agencias).- El pleno de la Cámara de Diputados de Oaxaca aprobó, por mayoría, una reforma a la Ley Estatal de Salud, donde se obliga a los 56 hospitales y 500 clínicas rurales y de primera urgencia, ejercer el protocolo de aborto gratuito a todas las mujeres que lo soliciten sin excusa alguna.
La adicción es continuación y ampliación de las reformas al Código Penal que despenalicen el aborto y, además, se acordaron sanciones administrativas y multas a los médicos y personal de enfermería que se niegue a atender a las mujeres que demanden la práctica de un aborto en Oaxaca.
Los diputados, con mayoría del partido MORENA (Movimiento de Regeneración Nacional), con estas adecuaciones buscan fortalecer el Sistema Estatal de Salud para garantizar a las mujeres que deseen ejercer este derecho, atención médica de calidad, gratuita y libre de discriminación.
Las presidentas de las comisiones de equidad de género, derechos humanos y de administración de justicia, Magaly López y Eliza Zepeda, consideraron como un hecho histórico que el Congreso de Oaxaca haya reformado la ley Estatal de Salud para garantizar a las mujeres la atención médica gratuita para la interrupción del embarazo antes de las doce semanas de gestación.
Las adecuaciones modificadas por los diputados son a los artículos: 29, 59, 62, 65 Bis, 65 Ter, 65 Quáter y 65 Quinquies, 65 Bis, 65 Ter, 65 Quáter y 65 Quinquies y la adición de la fracción XII al artículo 63, donde se instituye a médicos, especialistas, enfermeros de los 56 hospitales y 500 clínicas públicas en Oaxaca garantizar el derecho de todas las mujeres a la interrupción del embarazo sin pretexto de ninguna índole u omisión.
La diputada Magaly López Domínguez indicó que, no proveer el servicio de interrupción del embarazo por parte de las instituciones públicas de salud estatales, condena a las mujeres a abortar en condiciones de inseguridad y de insalubridad, especialmente a aquellas que se encuentran en estado de marginalidad y no pueden acceder a servicios privados de asistencia médica, por ello adelantó que habrá sanciones para los responsables médicos que no acaten las medidas.
Celebró el hecho de que, con la aprobación de esta reforma, se garantice la no discriminación, la gratuidad, la accesibilidad, aceptabilidad y la calidad del servicio en las instituciones de salud pública, así como acciones de capacitación para fortalecer la competencia técnica de las parteras tradicionales, para el aborto legal y seguro.
En tanto, la legisladora Elisa Zepeda Lagunas señaló que, tratándose de personas menores de doce años de edad, la solicitud de interrupción del embarazo deberá hacerse por su padre y/o su madre o, a falta de estos, de su tutor o persona responsable conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.
Detalló que los médicos, enfermeras y especialistas en instituciones públicas deberán brindar los servicios de interrupción del embarazo en un plazo no mayor a tres días naturales, contados a partir de que se les exija y, de no hacerlo, habrá castigo contra su irresponsabilidad médica u omisión, la cual podrá ser tipificada como negligencia clínica, donde puede ser sujeto de cárcel.
Con la ley se urge, además, a la Secretaría de Salud del estado elaborar un registro detallado de los abortos que se practiquen en sus unidades médicas.
Se precisó que esta reforma entrará en vigor luego de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Oaxaca en las próximas 56 horas.