Fiscalía genera retraso en impartición de la justicia

*Conflicto en la Sierra Norte podría desbordar en justicia por propia mano, alertan

*Se trata del problema que existe en Santiago Camotlán, en donde 14 familias desplazadas exigen a la AEI ejecute la orden de aprehensión librada

Mario GIRÓN

Oaxaca, Oaxaca, Lunes 19 de Agosto, 2019.- Sobre el caso pendiente de resolver, en donde ahora, 14 familias desplazadas de Santiago Camotlán exigen a la Agencia Estatal de Investigación (AEI) ejecute la orden de aprehensión librada por el Juez Mixto de Primera Instancia, de San Ildefonso de Villa Alta, en noviembre de 2018, por delitos de amenazas y privación ilegal de la libertad, la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO) considera que la Fiscalía General del Estado (FGE), no procura justicia de una manera pronta, completa e imparcial, por lo que tal ejemplo de impunidad puede generar más problemas, como el que particulares decidan tomar justicia por sus propias manos.

Los desplazados de una comunidad sometida por la fuerza del cacicazgo, en combinación con la complicidad política federal, en donde existir es similar a una experiencia infernal, sin voz ni voto, nada más observando el enriquecimiento de unos cuantos, en voz de Neftalí Vicente Martínez, Florencia Cruz Morales, Romualdo Yáñez, Eva Vargas, Ruth Bautista Yescas, Alexander Yáñez Cruz, Ausencio Núñez, Apolonio Martínez León, especialmente, aseguraran que la AEI deja mucho que desear al ofrecer solo pretextos para no cumplir con la orden de captura librada por un juez.

En rueda de prensa, ante representantes de diversos medios de comunicación, explican que el origen del problema se deriva de una elección de concejales, en 2013, en donde las autoridades electas no alcanzan el reconocimiento por parte de algunos ciudadanos, en donde se encontraba una buena parte de los hoy desplazados.

Sin embargo, la situación se complica en 2015. Los hoy demandantes de justicia vía ejecución de la orden de aprehensión, que la autoridad competente se niega ejecutar, asegura “nos opusimos a la venta de 120 hectáreas boscosas, en el paraje La Bellísima, que, en aquel tiempo, Melitón Aparicio representante (no presidente) del Comisariado de Bienes Comunales, obedeciendo a poderosos de la comunidad, pretendía desincorporarlas para venderlas a particulares.

“Fue la gota que derramó el vaso, por lo que decidieron tomar cartas en el asunto para deshacerse de nosotros, que siempre estuvimos al tanto, para oponernos al ejemplo de corrupción que intentaran concretar y, nosotros, organizados para impedirla”.

El 5 de mayo de 2015, montan una asamblea comunitaria, a modo de ellos, y “dizque” por petición general deciden echarnos del pueblo por conflictivos, un día después, nos detienen de manera ilegal, más de 24 horas sin agua ni alimento y con la amenaza de muerte sobre nuestra cabeza, si no le bajábamos a la decisión de oponernos a todo lo ilegal que los poderosos planeaban ejecutar a través de esbirros, agregan.

Y, por constantes detenciones, con amenazas, no tuvieron otra salida que no defenderse y permitir que grupos armados los sacarán de la población, el solar en donde nacieron, cuna humilde, en donde dejaron todo, lo poco o mucho que poseían los desplazados. Existen ejemplos de casas devoradas por el fuego, saqueo, o el caso de Apolonio Martínez León, reporta la quema de un potrero, en una extensión de 17 hectáreas.

Subrayan que fueron expulsados del pueblo por afectar el interés caciquil, jamás por tramposos o  rateros; piden y solicitan la ejecución de la orden de aprehensión, por delitos de amenazas y privación ilegal de la libertad, presentados contra de Florinda Solís Velasco, Edith Herrera Aparicio, Elsa Yescas Cuevas, Esteban Yescas Pérez, Martiniana Medina Mendoza, María Cano Mejía, Teodora Agustín Illescas, Irene Toledo Velasco, Lidia Cano Mejía, Benigno Hernández Chávez, Jesús Bautista Aparicio, Victoria Illescas Bautista, Mercedes Hernández Chávez, Sirena Martínez y Eva Aparicio Aracen, Antonio Herrera Aparicio, Moisés Poblano Peralta, Juan Salas Vargas, Néstor Bautista Cuevas, así como otros ciudadanos participantes en los delitos mencionados.

Los desplazados destacan: “el deseo es que paguen por lo que nos hicieron, conforme lo establece la ley y, por ende, la reparación de los daños materiales”. Las familias, lejos de donde nacieron, mujeres, hombres, jóvenes y niños existen actualmente en situación de sobrevivencia en colonias capitalinas, también en asentamientos municipales cercanos a la ciudad.

Ahora, lejanas están la tierra en donde araban el cultivo, la cosecha de maíz, frijol y lo demás para autoconsumo, el alimento asegurado; aquí, el trabajo es de ayudante de albañil o de lo que se encuentre para ganar un poco de dinero para la compra de alimento, pago de renta, luz, agua, transporte, medicamento y lo que se ofrezca.

La FGE genera retraso en impartición de la justicia    

Al responder a la petición de intervención de los desplazados, la DDHPO reconoce que la FGE genera un retraso en la impartición de justicia, en el caso de Santiago Camotlán.

A través del Coordinador General de las Defensorías, Francisco Coronado Franco, el pasado 7 del presente, establece que una vez conocidos dichos y respuestas de las partes involucradas, Germán Koller Díaz, Jefe de Grupo de la AEI, informa que el 28 de febrero del presente recibe copia de la orden de aprehensión librada, por lo que ha implementado operativos de búsqueda y localización de los imputados, vía, puestos de control provisional en diferentes horarios en inmediaciones de Villa Alta.

También, agrega el jefe policiaco, en caminos de terracería que comunican a la población de Santiago Camotlán, sin olvidar hacerlo en la carretera que comunica a las poblaciones de Tlacolula con las comunidades involucradas. Agregan que estas acciones se han realizado con precaución toda vez que Camotlán vive en conflicto interno y la población está dividida por cuestiones políticas. Por lo que los resultados favorables no han llegado.

Koller Díaz destaca que dichos operativos se realizan de manera esporádica, tomando en consideración que las condiciones físicas y mecánicas de los vehículos oficiales no son las adecuadas, aunado a que las poblaciones en referencia están a una distancia aproximada de 6 horas y caminos accidentados.

En ese sentido, la DDHPO, reconoce que no obra evidencia alguna que demuestre que los agentes de la AEI, encargados de ejecutar la orden de aprehensión, hayan dado cumplimiento al citado mandato judicial, vulnerándose los dispuesto en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y articulo 11 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, al no procurarse justicia de una manera pronta, completa e imparcial y, por ende, una violación a los derechos humanos de los quejosos, trasgrediendo las garantías de legalidad y seguridad jurídica que establecen a favor de los desplazados, los preceptos constitucionales en mención.

Coronado Franco establece “es de manifestarse que las limitaciones materiales existentes en la AEI no los exime de la impartición de justicia en forma expedita, olvidando la autoridad involucrada que la impunidad genera serios problemas sociales y da lugar a que los particulares decidan tomar justicia por sus propias manos ante la ausencia de la aplicación de la ley por las autoridades.

Además, añade, resulta pertinente precisar que la no ejecución de la referida orden de aprehensión por parte de la FGE, podría traer como consecuencia la prescripción del delito por el que se ejerció acción penal, vulnerándose con ello, el derecho de los ofendidos y víctimas de los delitos a recibir una justicia sin dilaciones indebidas, sin formalismos o reposiciones inútiles.

Informa que los policías de la AEI encargados de cumplir con la orden de aprehensión librada por un Juez Mixto de Primera Instancia, con su omisión, se encuentran incurriendo en responsabilidad administrativa.

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