Piden incorporar al IMSS a trabajadoras del hogar

*Tienen derecho a los cinco seguros del Régimen Obligatorio, dice IMSS Oaxaca a patrones

Oaxaca, Oaxaca, Lunes 30 de Agosto, 2021 (Fuente: Comunicado).- Con el objetivo de garantizar el acceso a la seguridad social a las personas trabajadoras del hogar, en igualdad de condiciones que el resto de los derechohabientes, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) invita a los patrones a asegurar las personas trabajadoras del hogar.

La encargada de la Jefatura de Afiliación y Cobranza, Miriam Mendieta Bourguet, precisó que las personas trabajadoras del hogar son aquellas que prestan servicios de aseo, asistencia y demás quehaceres, propios o inherentes al hogar de una persona o familia.

Estas personas pueden trabajar para uno o varios patrones y vivir o no en su lugar de trabajo; sin embargo, al contar con la seguridad social tendrán servicios médicos, hospitalarios, farmacéuticos y atención obstétrica; incapacidades, pensión por invalidez y vida; fondo para el retiro, y prestaciones sociales dentro de las que se encuentran velatorios y guarderías.

Asimismo, el seguro para las trabajadoras del hogar va sin restricciones para el asegurado y sus beneficiarios legales (cónyuge o concubina(rio), hijos, padre y madre), además de pago de incapacidad por enfermedad general, expresó Mendieta Bourguet.

Por lo que se refiere al Seguro de Riesgos de Trabajo, tendrá derecho a rehabilitación, ortesis y prótesis en su caso, así como incapacidad por accidente de trabajo y enfermedad de trabajo.

También tendrá pensión en caso de invalidez para el asegurado y para los beneficiarios legales deudos del asegurado, ahorro para el retiro y derecho a estancias infantiles para el cuidado de menores y actividades de esparcimiento (deportivas y culturales).

Por otro lado, Mendieta Bourguet recordó que también los trabajadores en industrias familiares y los independientes, como profesionales, comerciantes en pequeño, artesanos y demás trabajadores no asalariados, pueden incorporarse, ya que el IMSS ha dispuesto un esquema integral de Seguridad Social simplificado para la incorporación voluntaria al Régimen Obligatorio de este sector de la población.

Para más información los interesados pueden ingresar a las páginas http://www.imss.gob.mx/personas-trabajadoras-hogar y http://www.imss.gob.mx/personas-trabajadoras-independientes, según sea el caso, o bien, marcar al teléfono: (951) 50 114 53. También pueden acudir a la subdelegación Oaxaca, ubicada en la calle de Armenta y López número 821, en el Centro Histórico de la ciudad de Oaxaca.

Aprueba IMSS proyecto para garantizar derechos de

trabajadores incapacitados que dejan de ser subcontratados

Por otra parte, el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) aprobó un proyecto para que los patrones que hayan comunicado al IMSS la sustitución patronal en términos de la reforma en materia de subcontratación laboral, puedan realizar la migración de los trabajadores, incluyendo aquellos incapacitados temporalmente.

Con ello, los trabajadores incapacitados serán dados de alta en la empresa sustituta al día inmediato siguiente de su baja en la empresa sustituida y con el mismo salario que cotizaban, a fin de garantizar la continuidad de sus derechos, señaló el director de Prestaciones Económicas y Sociales del IMSS, doctor Mauricio Hernández Ávila.

Comentó que la reforma que prohíbe el régimen de subcontratación laboral, permitirá la migración de miles de trabajadores de empresas prestadoras de servicios de personal a sus patrones reales; sin embargo, algunos trabajadores pueden encontrarse con alguna incapacidad temporal para el trabajo al momento de realizarse la migración, lo cual impedía concretar dicho proceso.

Con este acuerdo, los patrones podrán llevar a cabo la migración de los trabajadores para la sustitución patronal, presentando para el caso de aquellos trabajadores con Incapacidad Temporal para el Trabajo (ITT) un movimiento afiliatorio de baja, en el entendido que serán dados de alta en el día inmediato siguiente con el patrón sustituto, donde se reconocerán derechos laborales, salarios, antigüedad y prima de riesgo.

El doctor Mauricio Hernández sostuvo que dentro de la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales del Instituto se tiene previsto este proceso de sustitución patronal para lograr la migración de trabajadores de las empresas bajo el régimen de subcontratación laboral hacia una nueva empresa destino.

Hernández Ávila explicó que al lograrse la baja con la empresa prestadora de servicios de personal y el alta del trabajador con su patrón real, se logrará eliminar la subcontratación del personal y “no permanecerán en registros patronales que no deben existir por Ley”.

Sostuvo que se garantizará el interés superior del trabajador de obtener sus medios de subsistencia y que sus derechos permanezcan vigentes independientemente de las modificaciones al registro patronal que implica la sustitución.

Durante la sesión ordinaria del H. Consejo Técnico del Seguro Social, explicó que este proyecto instruye a los titulares de las Direcciones de Incorporación y Recaudación, de Prestaciones Económicas y Sociales, de Prestaciones Médicas, de Innovación y Desarrollo Tecnológico, de Finanzas, y de Operación y Evaluación, que emitan las disposiciones administrativas necesarias para la correcta aplicación del acuerdo.

Hernández Ávila agregó que también se instruye al titular de la Dirección Jurídica para que realice los trámites necesarios ante las instancias competentes, a efecto de que se realice la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial de la Federación (DOF), mismo que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en dicho órgano de difusión.

Recordó que la reforma legal relativa al régimen de subcontratación laboral entró en vigor el 24 de abril, donde se garantizan los derechos laborales al prohibir la subcontratación de personal salvo para la ejecución de obras especializadas o servicios que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante.

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