Oaxaca: proponen ley anti cirugías estéticas en menos

*Médicos enfrentarían suspensión y multas de 234 mil pesos

Oaxaca, Oaxaca, Miércoles 05 de Agosto, 2026, (Fuente: X: @jaimeguerrero08).- La bancada del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) en el Congreso de Oaxaca, propuso prohibir las cirugías y procedimientos médico-quirúrgicos con fines exclusivamente estéticos en menores de 18 años, con sanciones que incluyen suspensión profesional y multas de hasta 234 mil 620 pesos.

La iniciativa plantea adicionar un segundo párrafo al artículo 229 Bis y crear el artículo 229 Sexies de la Ley Estatal de Salud, para impedir estas intervenciones cuando no exista una justificación médica, reconstructiva o terapéutica.

La propuesta fue presentada por las diputadas Eva Diego Cruz y Elvia Gabriela Pérez López, integrantes del grupo parlamentario del PVEM en la LXVI Legislatura del Congreso del estado.

La prohibición tendría excepciones para cirugías reconstructivas, terapéuticas, destinadas a corregir efectos iatrogénicos o motivadas por patologías físicas o psicológicas.

En estos casos, la intervención deberá estar debidamente justificada en el expediente clínico, acreditada por profesionales de la salud y realizarse conforme a las Normas Oficiales aplicables.

Uno de los puntos centrales de la reforma son las sanciones. El nuevo artículo 229 Sexies propone suspender de uno a tres años del ejercicio profesional a quien realice procedimientos médico-quirúrgicos estéticos prohibidos en menores.

La disposición alcanzaría a profesionales, técnicos o auxiliares de las disciplinas de la salud y, en general, a cualquier persona relacionada con la práctica médica que participe en esas intervenciones.

Además, establece multas de 100 a 2 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA). Con el valor diario vigente en 2026 de 117.31 pesos, las sanciones económicas irían de 11 mil 731 a 234 mil 620 pesos.

Las sanciones previstas en la Ley Estatal de Salud se aplicarían además de las responsabilidades que pudieran configurarse conforme al Código Penal de Oaxaca.

La iniciativa no establece una pena automática de prisión por practicar una cirugía estética prohibida a un menor. Una eventual pena de cárcel dependería de que la conducta y sus consecuencias constituyeran algún delito previsto en la legislación penal.

El Código Penal de Oaxaca establece responsabilidades para médicos, cirujanos y otros profesionistas por los daños que causen durante el ejercicio de su profesión, además de las penas correspondientes al delito que resulte.

También contempla suspensión para ejercer la profesión y la obligación de reparar el daño. Por ello, las consecuencias penales dependerían de cada caso, por ejemplo, si una intervención provocara lesiones u otro resultado sancionado por la ley.

Las legisladoras argumentaron que actualmente los Servicios de Salud de Oaxaca no cuentan con una disposición específica que permita impedir o sancionar la realización de procedimientos estéticos electivos en menores de edad.

La reforma busca cubrir ese vacío mediante una prohibición expresa, pero conservaría la posibilidad de intervenir cuando existan razones reconstructivas, terapéuticas o una patología física o psicológica debidamente acreditada.

El proyecto mantiene además la obligación de que las cirugías plásticas, estéticas y reconstructivas se practiquen en establecimientos o unidades médicas con licencia sanitaria vigente y por especialistas certificados.

En la exposición de motivos se advierte sobre el aumento de solicitudes de procedimientos como rinoplastias, otoplastias, mamoplastias de aumento e intervenciones de contorno corporal entre adolescentes.

Las promoventes relacionan esta tendencia con la presión de estándares de belleza difundidos en redes sociales y los riesgos físicos y psicológicos de realizar modificaciones quirúrgicas en personas cuyo desarrollo todavía no ha concluido.