Entra en vigor reforma que anula elecciones por injerencia extranjera

Oaxaca, Oaxaca, Jueves 04 de Junio, 2026, (Fuente: X: @jaimeguerrero08).- La intervención o injerencia extranjera en procesos electorales ya es causal de nulidad en México: la reforma al artículo 41 constitucional que lo establece entró en vigor hoy, junto con otros dos decretos sobre el Poder Judicial y la verificación de candidaturas, aprobados por mayoría calificada y avalados por al menos 25 congresos estatales.

“Hoy entran en vigor estas tres reformas que fueron publicadas ayer en el Diario Oficial de la Federación”, confirmó la consejera jurídica del Ejecutivo federal, Luisa María Alcalde, al presentar el paquete esta mañana en la conferencia de prensa de Palacio Nacional.

Las modificaciones fueron aprobadas en un periodo extraordinario con los votos de Morena, el PVEM y el PT, mientras que el PAN, el PRI y Movimiento Ciudadano votaron en contra en los tres casos.

La reforma más controvertida es la adición de un inciso d) a la base VI del artículo 41 constitucional, que establece como nueva causal de nulidad de elecciones que «se acrediten actos de intervención o injerencia extranjera que influyan en los resultados electorales».

Frente a las críticas de la oposición, que advirtió que la redacción podría usarse para impugnar resultados adversos al partido en el poder, Alcalde fue tajante: “No es así. La reforma sólo estableció el principio general en la Constitución”.

La consejera insistió en que cualquier decisión de nulidad deberá sustentarse en pruebas y resoluciones de las autoridades competentes, y que los estándares de prueba y procedimientos específicos se definirán en la legislación reglamentaria.

La norma no será aplicable en los comicios de 2027, al carecer aún de reglamentación secundaria. El Congreso de la Unión, las legislaturas estatales, el INE y los tribunales electorales tienen plazo hasta el 5 de junio para armonizar sus marcos normativos con el nuevo texto constitucional.

Sobre la reforma al Poder Judicial —la que Alcalde describió como un conjunto de ajustes derivados de la experiencia de la primera elección judicial—, la funcionaria rechazó que los cambios impliquen una corrección de fondo a la reforma impulsada por la administración anterior.

“Vimos una crítica que decía: ya se echaron para atrás, reconocen que su reforma se equivocó. Falso”, afirmó.

El decreto aplaza la siguiente jornada electoral judicial de 2027 a 2028, para no empatarla con el proceso federal ordinario; reduce el número de candidaturas; simplifica el diseño de las boletas; homologa los criterios de evaluación de aspirantes, incluyendo la aplicación de exámenes de conocimientos, y establece que el conteo de votos se realice en las mismas casillas donde se emiten.

En cuanto al tercer decreto, que reforma la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales para crear la Comisión de Verificación de Integridad en Candidaturas dentro del INE, Alcalde precisó los límites del nuevo organismo.

“El INE no investiga, no emite un juicio sobre la integridad de las candidaturas ni resuelve en su registro”. La comisión realizará análisis de riesgo en coordinación con autoridades de seguridad e inteligencia para detectar posibles vínculos de candidatos con actividades delictivas, pero la entrega de listas por parte de los partidos será voluntaria y la decisión final sobre mantener o retirar una candidatura corresponde a los institutos políticos.

Los tres decretos fueron promulgados por la presidenta Claudia Sheinbaum y refrendados por Rosa Icela Rodríguez Velázquez, titular de la Secretaría de Gobernación, en la edición vespertina del DOF del martes 2 de junio.

Oaxaca armoniza su constitución con reforma federal que crea causal de nulidad electoral por intervención extranjera

Por otra parte, con un plazo de tres días para armonizar su marco constitucional, el Congreso de Oaxaca aprobó con 40 votos, una reforma constitucional que permite anular elecciones cuando se acrediten actos de intervención o injerencia extranjera en la entidad que influyan en los resultados, siguiendo el modelo de la reforma al artículo 41 de la Constitución federal.

En la sesión extraordinaria virtual del pleno, los votos en contra provinieron de la diputada de Movimiento Ciudadano, Alejandra García Morlan, y del diputado del PRI Javier Casique Zárate.

Sin embargo, la votación a favor fue aplastante de las bancadas de MORENA, el Partido Verde Ecologista, Fuerza por Oaxaca y el Partido del Trabajo.

La Comisión de Estudios Constitucionales aprobó el dictamen el 2 de junio y lo presentó al pleno para su tramitación, con base en dos iniciativas presentadas ese mismo día por las diputadas Tania Caballero de MORENA, y Naty Díaz Jímenez del Grupo Plural, ambas orientadas a modificar el artículo 114 BIS de la Constitución de Oaxaca.

La reforma modifica el inciso d) y adiciona el inciso e) de la fracción VI de dicho artículo, que enumera las causales de nulidad electoral que puede conocer el Tribunal Electoral del Estado.

El inciso d) conserva como causal que se acredite violencia política contra las mujeres en razón de género.

El nuevo inciso e) establece como causal que “se acrediten actos de intervención o injerencia extranjera que influyan en los resultados electorales”.

El inciso que recorre su lugar —ahora f)— mantiene la remisión a las demás causas previstas en la Constitución y la ley.

La iniciativa de Caballero Navarro vinculó la reforma a una propuesta impulsada en el Congreso de la Unión por el diputado federal Ricardo Monreal Ávila, que incorporó al artículo 41 constitucional federal una causal de nulidad de elecciones por intervención extranjera.

En su exposición de motivos, la diputada de Morena señaló que la intervención extranjera puede manifestarse a través de financiamiento, ciberataques, campañas de desinformación coordinadas o presiones diplomáticas, conductas que buscan vulnerar la independencia política del Estado.

El artículo Segundo Transitorio de esa reforma federal fijó como plazo máximo el 5 de junio de 2026 para que las legislaturas de las entidades federativas armonizaran sus marcos normativos.

La comisión dictaminó que la nueva causal no restringe los derechos político-electorales, sino que los protege, y que su aplicación deberá sustentarse en actos acreditados de intervención o injerencia extranjera que, por su naturaleza, magnitud, contexto y efectos, influyan en los resultados electorales y comprometan la autenticidad de la voluntad ciudadana.

La nulidad electoral, advirtió el dictamen, es una consecuencia excepcional que solo puede declararse por autoridad competente, con base en pruebas y bajo estándares estrictos de constitucionalidad, legalidad, determinancia, certeza y debido proceso.

El decreto establece que entrará en vigor el día de su aprobación y ordena al TEEO y al IEEPCO revisar y adecuar sus disposiciones normativas y administrativas para garantizar su cumplimiento.

Al presentar el dictamen ante el pleno, Benjamín Viveros, presidente de la Comisión de Estudios Constitucionales, advirtió que la intervención externa en procesos electorales ha adoptado nuevas formas —financiamiento ilícito, campañas de desinformación, manipulación digital, ciberataques y presiones políticas— que buscan someter la decisión del pueblo a intereses ajenos a la nación y al estado.

Con tono confrontacional hacia la oposición, Caballero Navarro, advirtió que quienes piden o celebran la intervención de agencias o gobiernos extranjeros “cruzan una línea que no se puede tolerar” y que eso constituye “una clara traición a la patria”.