Movilidad en Oaxaca, bajo el yugo gubernamental

*La nueva Ley de Movilidad de Oaxaca regulará Uber, mototaxis, ciclistas y micromovilidad; quien organice transporte ilegal enfrentará cárcel

Oaxaca, Oaxaca, Martes 26 de Mayo, 2026, (Fuente: X: @jaimeguerrero08).- En Oaxaca, empresas de transporte que operan mediante aplicaciones digitales —como Uber, DiDi o servicios de mensajería y entrega de alimentos— quedarían obligadas a registrarse ante la Secretaría de Movilidad (SEMOVI) y a obtener un permiso especial anual renovable, bajo pena de sanciones administrativas; y a quien organice transporte ilegal, se les aplicará sanciones penales de hasta 6 años de prisión.

Esas medidas están contenidas en la iniciativa de Ley de Movilidad presentada por el gobernador Salomón Jara Cruz ante el Congreso del estado el 8 de abril, con 318 artículos que abrogarían la legislación vigente desde 2019. La iniciativa está pendiente de dictaminación en comisiones de la LXVI Legislatura.

Las plataformas responderían solidariamente con sus conductores ante usuarios, terceros y el Estado por daños o incumplimientos, y tendrían prohibido ofrecer el servicio fuera de su aplicación.

Los mototaxis —que operan desde hace años sin reconocimiento jurídico en el Istmo de Tehuantepec, la Costa y la Sierra Sur— quedarían reconocidos legalmente por primera vez.

Un artículo transitorio da a la SEMOVI 180 días hábiles para abrir los procesos de registro y otorgamiento de permisos especiales.

En materia de micromovilidad, la ley crea dos categorías: los vehículos eléctricos de baja velocidad —hasta 25 kilómetros por hora, equiparados a no motorizados— podrían circular en ciclovías y vías secundarias; los que superen esa velocidad quedarían restringidos a carriles vehiculares y no podrían circular en banquetas ni zonas peatonales.

Para ciclistas, la iniciativa establece un catálogo de derechos —entre ellos la preferencia de paso al cruzar una ciclovía y la obligación de conductores de vehículos motorizados de mantener al menos un metro con cincuenta centímetros de distancia lateral al rebasarlos— y de obligaciones, como circular por el carril de extrema derecha a falta de ciclovía y usar luces en condiciones de baja visibilidad.

El régimen penal prevé de dos a cuatro años de prisión para quien realice gestorías ante la Secretaría sin autorización del concesionario, y de tres a seis años para quien dirija u organice la prestación de transporte público sin concesión. Quienes sean condenados por estos delitos no podrán ser titulares de concesión o permiso de transporte.

Todo vehículo que opere sin el distintivo del Registro Estatal de Transporte de Oaxaca (RETO) podrá ser inmovilizado de forma inmediata.