OGAIPO aprueba dictámenes

Oaxaca, Oaxaca, Lunes 15 de Abril, 2024 (Fuente: Comunicado).- El pasado viernes, en su Séptima Sesión Ordinaria, el Órgano Garante de Acceso a la Información Pública, Transparencia, Protección de Datos Personales y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca (OGAIPO), por medio de un acuerdo ocho dictámenes de cumplimiento a resoluciones derivadas de denuncias por incumplimiento a las obligaciones de transparencia.

Ciudadanas y ciudadanos que revisaron plataformas electrónicas de entes públicos al no contar con la información pública consultada, interpusieron la denuncia correspondiente, para ello las instituciones contaron con quince días para poder integrar la información faltante y tres días para notificar su cumplimiento al OGAIPO.

El H. Ayuntamiento de Salina Cruz, la Secretaría de Fomento Agroalimentario y Desarrollo Rural, el Instituto del Patrimonio Cultural del Estado de Oaxaca, la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca, el Monte de Piedad del Estado de Oaxaca, el Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca, Vivienda Bienestar y la Comisión Estatal Forestal han dado cumplimiento a las resoluciones derivadas de denuncias.

En otro punto del Orden de día, mediante acuerdo se aprobó el Catálogo de Información de Interés Público que deberán de publicar los Sujetos Obligados del Estado de Oaxaca, correspondiente al ejercicio 2023 y, por otra parte, se aprobó la actualización del Catálogo de Disposición Documental del OGAIPO.

Con este mismo procedimiento también se aprobaron siete dictámenes con un cumplimiento de 100%, respecto a las fracciones revisadas que establece el Programa Anual de Verificación al Cumplimiento de las Obligaciones de Transparencia 2024, para Casa de la Cultura Oaxaqueña, Secretaría de Gobierno, Órgano Garante de Acceso a la Información Pública, Transparencia, Protección de Datos Personales y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca, Servicios de Salud, Partido Movimiento de Regeneración Nacional, Ayuntamiento de Salina Cruz y Ayuntamiento de Santo Domingo Tehuantepec.

Por otro lado, se aprobaron tres dictámenes de incumplimiento respecto a las fracciones revisadas que establece el Programa Anual de Verificación al Cumplimiento de las Obligaciones de Transparencia 2024, para la Coordinación para la Atención de los Derechos Humanos, el Instituto Oaxaqueño Constructor de Infraestructura Educativa y el Monte de Piedad del Estado de Oaxaca, término de 20 días para solventar observaciones.

Durante el desahogo de la Sesión, se aprobó mediante acuerdo, el Voto Institucional por medio del Comisionado Presidente Josué Solana Salmorán, para los asuntos que se someterán a aprobación en la I Sesión Extraordinaria del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (SNT) del 2024.

Finalmente, se resolvieron veinticinco recursos de revisión interpuestos por ciudadanas y ciudadanos inconformes con las respuestas de instituciones públicas a las solicitudes de acceso a la información; en once casos se modificó el sentido de las respuestas que entregaron a los solicitantes; en tres se ordenó la entrega de la información; en tres se confirmó la respuesta; cinco se sobreseyeron; mientras que tres se desecharon.

En representación del OGAIPO, comisionado presidente lanza posicionamiento

Por otra parte, en la Séptima Sesión Ordinaria del Consejo General del Órgano Garante de Acceso a la Información Pública, Transparencia, Protección de Datos Personales y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca (OGAIPO), el Comisionado Presidente Josué Solana Salmorán emitió un pronunciamiento. Manifestó que el sentido del voto institucional emitido por las Comisionadas y del Comisionados del OGAIPO a través de un acuerdo, será en contra del punto 5 del orden del día al que se someterá la celebración de la I Sesión Extraordinaria del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia del 2024.

Solana Salmorán compartió que el contenido de los lineamientos para garantizar el funcionamiento de los plenos de los Organismos Garantes de Transparencia de la Federación y las Entidades Federativas, resulta contrario a los principios de certeza y legalidad, conforme a lo establecido en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca.

Dijo que se transgrede la facultad exclusiva de las y los legisladores federales y estatales, al nombrar a las y los Comisionados de los Órganos Garantes de Transparencia de la Federación y de las entidades federativas; atribuciones establecidas tanto en la Constitución Federal como en las locales.

Finalmente, dijo que la emisión de dichos lineamientos que se pretenden aprobar, usurpan las facultades de los legisladores populares, a los que el orden constitucional y legal les da la facultad para nombrar a las y los comisionados; asimismo, puede generar una controversia innecesaria entre el Instituto Nacional y el Congreso de la Unión, así como, entre los Órganos Garantes de las Entidades Federativas con el Poder Legislativo de las mismas; lo anterior es así, toda vez que las y los comisionados integrantes de órganos autónomos de transparencia, no cuentan con la facultad constitucional o legal para nombrar o designar a un comisionado provisional derivado de una vacante existente dentro de los consejos generales de los diversos órganos garantes federal y locales.

Por otro lado, la Comisionada María Tanivet Ramos Reyes, reiteró a los Sujetos obligados estatales que actualmente, durante el presente mes de abril, nos encontramos en el periodo de carga del primer trimestre del 2024; resaltó que los lineamientos para la publicación de las obligaciones de transparencia fueron reformados, con 272 formatos modificados; asimismo, compartió que dos formatos fueron adicionados en la fracción 45 del artículo 70 de la Ley General de Transparencia, correspondiente a las obligaciones de archivos. Igualmente dijo que se unificaron tres formatos, correspondientes a las fracciones 28, 40 y 44. Finalmente puntualizó que, con respecto a la fecha de carga, el sistema automáticamente lo registra, por lo que resulta innecesario escribirlo.