Inhabilitan a presidenta del IEEPCO

Oaxaca, Oaxaca, Viernes 12 de Abril, 2024 (Fuente: pagina3.mx, La Jornada y Comunicado).- La Segunda Sala Unitaria Especializada en Materia de Responsabilidades Administrativas y Combate a la Corrupción del Tribunal de Justicia Administrativa y Combate a la Corrupción de Oaxaca (TJACCO), determinó inhabilitar por el periodo de 1 año a la consejera presidenta del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), Elizabeth Sánchez González.

También a Noemí Sánchez Gutiérrez, Encargada del Despacho de la Coordinación Administrativa, para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público y para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras públicas, por daño al erario público.

La determinación del TJACCO devino de una investigación y sanción que aplicó la Contraloría Interna del IEEPCO, la cual había ordenado la suspensión de Sánchez González y su subalterna por incurrir en presuntos “desvíos de recursos y la comprobación indebida” de más de 19 millones 975 mil pesos.

El caso se turnó al TJACCO

El pasado 2 de abril, ese órgano jurisdiccional emitió la sentencia en la que inhabilita a la consejera presidenta del IEEPCO y a Sánchez Gutiérrez. Este miércoles 10 de abril se notificó a las y los integrantes del consejo general del OPLE (Organismo Público Local Electoral).

En la sentencia del TJACCO se estableció que no se actualizó ninguna causal de improcedencia, por lo que no se sobresee el juicio.

De acuerdo con el TJACCO, se acreditó la plena responsabilidad de Elizabeth Sánchez González -como Consejera Presidenta- y a Noemí Sánchez Gutiérrez -como Encargada del Despacho de la Coordinación Administrativa ambas del IEEPCO-, en la comisión de la falta administrativa grave de desvío de recursos públicos, de acuerdo con las consideraciones plasmadas en el considerando sexto de la sentencia.

“Se impone a Elizabeth Sánchez Gonzalez, como Consejera Presidenta y Noemí Sánchez Gutiérrez, como Encargada del Despacho de la Coordinación Administrativa, ambas del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, la sanción administrativa de inhabilitación temporal por el periodo de un año para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público y para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras públicas, de conformidad con lo previsto por el artículo 78, fracción IV, última parte del párrafo cuarto de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, conforme a lo expuesto en el considerando séptimo de la presente sentencia, surtiendo sus efectos legales en el momento de la notificación”, plasma la sentencia.

Así lo resolvió y firma la Maestra en Derecho, Amparo Arias Rivas, Titular de la Segunda Sala Unitaria Especializada en Materia de Responsabilidades Administrativas y Combate a la Corrupción del Tribunal de Justicia Administrativa y Combate a la Corrupción del Estado de Oaxaca, quien actúa legalmente con la Maestra en Derecho Monserrat García Altamirano, Secretaria de Acuerdos de esta Sala, quien autoriza y da fe.

De acuerdo con las consideraciones del TJACCO, no respetaron la Ley para la correcta ejecución de los procedimientos de contratación, adquisición, arrendamiento y servicios, de acuerdo con los rangos que prevé el presupuesto Egresos del Estado.

No cuidaron las formalidades establecidas por la Ley para el manejo correcto de los recursos públicos del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Oaxaca.

No obstante, se estableció que no existe antecedentes por incumplimiento de funciones ni existe dentro del expediente algún documento que haga colegir que fue sancionada con anterioridad por alguna otra falta administrativa.

Si bien, se determinó que Sánchez González, como Consejera Presidenta, y Sánchez Gutiérrez, como Encargada del Despacho de la Coordinación Administrativa, ambas del IEEPCO, incurrieron en una falta administrativa grave de desvío de recursos públicos, no quedó acreditado que hayan obtenido un beneficio económico a su favor, pero con su actuar sí causaron un perjuicio al servicio público, como son los recursos financieros del OPLE de Oaxaca.

Al haber quedado plenamente demostrado la comisión de la falta administrativa grave de desvío de recursos, realizadas por Sánchez González, como Consejera Presidenta y Sánchez Gutiérrez, como Encargada del Despacho de la Coordinación Administrativa, ambas del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, procede imponerles la sanción administrativa de inhabilitación temporal por el periodo de un año para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público y para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras públicas, de conformidad con lo previsto.

Se precisa, en cuanto a la ciudadana Sánchez González, la inhabilitación decretada no constituye una determinación que invada la competencia del Instituto Nacional Electoral (INE), en virtud de que esta determinación no atiende ni estudia alguno de los presupuestos que se contienen en el artículo 102 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

El TJACCO estableció que el análisis realizado no está encaminado a estudiar conductas que atenten contra la independencia e imparcialidad de la función electoral, o cualquier acción que genere o implique subordinación respecto de terceros; la notoria negligencia, ineptitud o descuido en el desempeño de las funciones o labores que deban realizar; el conocimiento de algún asunto o participar en algún acto para el cual se encuentren impedidos; la realización de nombramientos, promociones o ratificaciones infringiendo las disposiciones generales correspondientes; la emisión de opinión pública que implique prejuzgar sobre un asunto de su conocimiento y no haberse excusado del mismo; el haber dejado de desempeñar injustificadamente las funciones o las labores que tenga a su cargo, y o la violación de manera grave o reiterada las reglas, lineamientos, criterios y formatos que emita el Instituto en términos del artículo 41 de la Constitución.

El TJDCCO puntualizó que la decisión decretada está encaminada a sancionar la conducta de Sánchez González como servidora pública y no en la competencia y atribuciones que la ley le confiere como Consejera Electoral, es decir, aquellas que están encaminadas a regular la función electoral (procesos electorales).

A efecto de dar cumplimiento a la presente sentencia, se deberá seguir el procedimiento previsto en el artículo 225, fracción II de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, por lo que una vez que haya causado ejecutoria, gírese los oficios correspondientes para el cumplimiento de lo ordenado.

Inhabilitan a presidenta del IEEPCO por anomalías fiscales

Y es que, en septiembre del año pasado, ya había sido suspendida de manera indefinida de sus funciones la consejera presidenta del IEEPCO, Elizabeth Sánchez González, esto debido a que se detectaron diversas anomalías en las cuentas correspondientes en el año 2022, esto luego de la aplicación de diversas auditorías, quedando sin solventar la mayoría de estas, informó el encargado del despacho de la Contraloría Interna del órgano electoral, Salvador Alejandro Cruz Rodríguez, en tanto la consejera aseguró que no existen anomalías y adelantó se defenderá de las acusaciones. Frente a esa suspensión de septiembre pasado, poco después fue reinstalada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Cruz Rodríguez señaló que no se trata de golpeteo político o un intento por afectar al órgano electoral, sino que es un proceso que cada órgano interno de control debe hacer, en este caso, dijo, “nos percatamos que hay mal uso de recursos públicos y desvío de los mismos, porque no comprueban diversos gastos que hicieron respecto a la renta de vehículos, respecto de la adquisición de gasolina, respecto de bonos que se otorgaron de manera directa, prefrerenciando a algunos trabajadores”.

Derivado de estas y otras irregularidades detectadas, se dio inicio a un procedimiento de responsabilidad, sin embargo, estos se fueron acumulando y no todos se solventaron, por ello y en sus atribuciones, se han puesto en práctica medidas cautelares que, en este caso, es la suspensión de las funciones de la consejera presidenta, quien también preside el comité de Adquisiciones, esto con la intención de que no existan más malversación de recursos públicos.

Añadió que, en la presunción de inocencia, Elizabeth Sánchez tenía 5 días para presentar sus alegatos y defenderse de las imputaciones; agregó, sin embargo, que la contraloría interna debe seguir con su curso y se dará conocimiento de esta situación al Tribunal de Justicia Administrativa y Combate a la Corrupción del Estado de Oaxaca (TJACCO).

Salvador Alejandro Cruz Rodríguez explicó que, conforme se fueron realizando las auditorías, se le hizo del conocimiento a la presidenta de las anomalías para que estas fueran solventadas, no obstante, no fue atendida esta problemática; agregó que el daño al erario supera los 19 millones de pesos: “se le notificó, ellos recibieron y solventaron de 56 observaciones 22, el resto no lo hicieron”, puntualizó.

Pero, además, dijo, que se les notificó para la entrega del dictamen final de estas auditorías, no obstante, la consejera presidenta ni su equipo se presentaron a esta actividad, mismo que fue debidamente certificado, aseguró.

En tanto, la consejera presidenta, Elizabeth Sánchez, difundió un comunicado en el que señala: “niego categóricamente el desvío de recursos del que se me acusa, por el contrario, durante mi administración se ha hecho uso eficiente de los recursos, tal es así que durante el pasado proceso electoral se lograron ahorros considerables”.

Adelantó que actuará legalmente ante esta situación “para la aclaración de las imputaciones que se me han señalado y la defensa de mis derechos procesales”.

Por su parte, Dunia Paola Ravel Cuevas, presidenta de la Comisión de Vinculación con Organismos Públicos Locales, emitió un documento en el que se ordena al IEEPCO sesione de manera inmediata para que sea designada o designado un consejero en funciones que ocupará a presidencia del órgano local en tanto se resuelve esta situación.

Continúa Elizabeth Sánchez al frente del IEEPCO; proceso electoral, sin afectaciones

En tanto, ante la difusión que ha tenido en redes sociales y medios de comunicación la resolución PRAG 009/2023 emitida por la Segunda Sala Unitaria Especializada en Materia de Responsabilidades Administrativas y Combate a la Corrupción del Tribunal de Justicia Administrativa y Combate a la Corrupción del Estado de Oaxaca, hago las siguientes precisiones:

1.- La sentencia no acredita el desvío de recursos públicos por parte de las personas señaladas, por el contrario, refiere que hubo descuido en las formalidades para la aplicación de la normatividad que regula los procedimientos de contratación, adquisición, arrendamiento y servicios, de acuerdo con los rangos que prevé el presupuesto de Egresos del Estado.

2.- Establece que no existen antecedentes por incumplimiento de funciones, ni existe dentro del expediente algún documento que haga inferir que las personas referidas fueron sancionadas con anterioridad por alguna otra falta administrativa.

3.- No acredita que las personas señaladas hayan obtenido un beneficio económico a su favor.

4.- No es definitiva, toda vez que las personas señaladas tienen derecho de proceder conforme a derecho y continuar la cadena de impugnación.

Al amparo de lo anterior y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, quiero informar a la ciudadanía que seguiré en el cargo hasta que la sentencia cause ejecutoria, salvaguardando así mis derechos humanos.

Los trabajos del Proceso Electoral Local 2023-2024 en Oaxaca continúan de la mano de un equipo profesional y comprometido que labora en el Instituto, mismo que ha dado buenos resultados a la ciudadanía en años anteriores.

¡La elección del 02 de junio va!

Elizabeth Sánchez González

Consejera Presidenta del IEEPCO

Congreso aprueba la convocatoria para la elección del Titular de la Contraloría General del IEEPCO

Por otra parte, con 26 votos a favor, el Pleno de la LXV Legislatura local aprobó la emisión de la convocatoria para la elección de la persona titular de la Contraloría General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), para un periodo de tres años.

Las personas participantes deberán cumplir y acreditar los requisitos establecidos en el artículo 38 fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 100 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, y 72 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca, entre los cuales destacan el tener la ciudadanía mexicana por nacimiento.

Aunado a ello, tener más de 30 años de edad el día de la designación, contar con antigüedad mínima de cinco años, título profesional de nivel licenciatura, de contaduría pública u otra relacionada en forma directa con las actividades de fiscalización, expedido por autoridad o institución legalmente facultada para ello. No ser declarada persona deudora alimentaria morosa.

Gozar de buena reputación, no haber sido condenado o condenada por delito alguno, salvo que hubiese sido de carácter no intencional o imprudencial, o no haber sido condenado por delito intencional que amerite pena corporal de más de un año de prisión.

“Pero si se tratara de delitos contra la vida y la integridad corporal, contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual, por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos, robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que afecte la buena fama en el concepto público, ello lo inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena”, refiere la convocatoria.

De igual manera, las personas aspirantes deberán presentar su documentación, entre la cual destaca curriculum vitae firmado, carta manifestando bajo protesta de decir verdad que no tiene impedimento legal alguno para ocupar el cargo, enunciando uno por uno el cumplimiento de los requisitos establecidos.

Asimismo, copia de credencial para votar vigente, copia certificada del acta de nacimiento, constancia de vecindad o residencia en caso de no ser originaria u originario del estado, copia certificada del título profesional, constancia de no inhabilitación vigente.

Certificado expedido por la Dirección del Registro Civil que acredite no estar inscrito en el registro de deudores alimentarios morosos; y escrito libre en el que exprese los motivos por los que considere que es apto (a) para ocupar el cargo.

La documentación de las y los aspirantes se recibirá por un periodo de cuatro días hábiles, contados a partir del 11 al 16 de abril de 2024, en un horario de 9:00 a 15:00 horas, en la oficina que ocupa la Presidencia de la Comisión Permanente de Democracia y Participación Ciudadana de la LXV Legislatura local, en San Raymundo Jalpan.

El plazo para la revisión de la documentación se llevará a cabo del 17 al 19 de abril de 2024. Mientras las entrevistas a aspirantes serán entre el 22 y 23 de abril; y el proceso de evaluación del 24 al 25 del mismo mes del presente año.

Posteriormente, la Comisión Permanente de Democracia y Participación Ciudadana, deberá presentar el dictamen que contenga la terna con los nombres de las candidaturas, para ser sometido a votación por el Pleno, a más tardar el 30 de abril de 2024.

Será mediante el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes del Pleno, que se elija a quien será titular de la Contraloría General del IEEPCO, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71, numeral 2, de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca.

Este contenido es de carácter informativo y se comunica con base a las fracciones III y IV del artículo 22 de la Ley de Acceso a la Información Pública, Transparencia y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca, sin fines electorales.

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