Acreditan violencia política en razón de género en Soledad, Etla

Oaxaca, Oaxaca, Martes 16 de Abril, 2024 (Fuente: Comunicado).- El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) acreditó la violencia política por razón de género, cometida por el presidente y secretario municipal de Soledad Etla, en contra de una integrante de ese Ayuntamiento.

En consecuencia, ordenó restituirla en sus derechos políticos electorales y dictó medidas de reparación a su favor.

La resolución del juicio de la ciudadanía identificado con la clave: JDC/108/2024, aprobada por unanimidad del Pleno, señala que se dieron por ciertos los hechos denunciados, tales como: la hostilidad y discriminación expuesta tras la solicitud de licencia de la actora; toda vez que, la autoridad responsable no rindió su informe circunstanciado a pesar de haber sido notificada conforme a derecho.

Además, declaró como fundado el agravio relacionado con la omisión de entregarle el acta de sesión de cabildo que otorgó licencia a la promovente, y que requiere, pues pretende ser aspirante a una candidatura en el citado municipio para el presente proceso electoral.

Este Órgano Jurisdiccional expuso que estos actos contra la actora fueron con el ánimo de invisibilizarla e intimidarla.

Amonesta TEEO a presidente municipal de Ocotlán de Morelos por incumplimiento de trámite jurisdiccional

Por otra parte, el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) impuso una amonestación a Luis Francisco Martínez Aquino, presidente municipal de Ocotlán de Morelos, como apercibimiento por su incumplimiento al trámite requerido por este Órgano Jurisdiccional.

En la resolución del Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, identificado con la clave JDC/115/2024, determinó que es fundado el agravio hecho valer por Darío Antonio Meraz Concha, en su calidad de regidor de panteones y jardines del Ayuntamiento de Ocotlán de Morelos, respecto a la negativa del presidente municipal de convocar a sesión de Cabildo para que se analice, discuta y, en su caso, se apruebe, la licencia solicitada el pasado treinta y uno de enero, para separarse del cargo que desempeña, derivado de su aspiración a ser candidato a un cargo de elección popular.

Al respecto, el Pleno señaló que se acredita la existencia de la obstrucción del ejercicio del cargo de Meraz Concha, sin embargo, determinó inexistente la violencia política denunciada.

Esta sentencia, aprobada por unanimidad de los integrantes del Pleno, refiere que es evidente la negativa contumaz del presidente municipal, para no dar trámite a la solicitud de licencia al cargo de concejal propietario y con esto obstruirle en sus derechos político-electorales, además de que, conforme se relató, se encuentra acreditado que no le ha convocado eficazmente, a las restantes sesiones de Cabildo del Ayuntamiento de Ocotlán de Morelos.

En consecuencia, este Tribunal ordenó al presidente municipal que convoque a la parte actora a todas y cada una de las sesiones de Cabildo que, conforme a ley correspondan, y remita periódicamente informes a este Tribunal respecto a dicho cumplimiento.

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