Endurecen castigos por delitos cibernéticos

*A la cárcel quien cometa delitos en redes con falsa identidad

San Raymundo Jalpan, Oaxaca, Martes 10 de Agosto, 2021 (Fuente: Agencias).- A propuesta de la diputada Magaly López Domínguez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, el Congreso Local reformó el Código Penal para el Estado de Oaxaca, a fin de castigar hasta con seis años de prisión a la persona que adopte o utilice en los medios digitales, datos personales o una imagen totalmente ficticia con la finalidad de cometer algún hecho ilícito.

La reforma al párrafo Cuarto del artículo 232 Bis A y la adición al artículo 232 Bis B, surge como medida al incremento deliberado de conductas ilícitas a través de internet, las cuales se dan generalmente por la libertad que otorga el anonimato en redes sociales y la facilidad de expresión de las ideas que permite que en algunos casos se lleven a cabo delitos que atentan contra el derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen de otras personas.

Establece que se aplicarán de dos a seis años de prisión, y multa de doscientos a cuatrocientas veces el valor diario vigente de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), al momento de la comisión del hecho, independientemente del delito que se llegue a configurar. Se añade que, los delitos en mención serán perseguidos por querella de parte ofendida o legítimo representante.

La diputada Magaly López Domínguez, impulsora de esta modificación, expuso que el internet se ha convertido en un espacio donde la violencia se ejerce, normaliza y reproduce de manera acelerada. Aseguró que el acoso, el hostigamiento, la viralización no consentida de audios, fotos o videos y hasta la suplantación de identidades son cada vez más comunes en la vida digital.

Mencionó que existen esfuerzos para regular este tipo de violencia, porque cada vez tienen mayor incidencia agresiva para las mujeres, niñas y población joven.

Datos del Centro de Investigaciones y Estudios de Género (CIEG) de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), en coordinación con la Comisión Nacional para Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM) y la Secretaría de Gobernación (SEGOB), detallan que los espacios virtuales son altamente hostiles para las mujeres, niñas y otros grupos vulnerables, quienes a través de redes sociales son víctimas de delitos a través de personas que se escudan en perfiles falsos.

La reforma aprobada por el Congreso Local, entrará en vigor luego de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Oaxaca.

Más sanciones

Además, en Oaxaca, desde hace un año, está en vigencia la Ley Olimpia, con la que también se castiga con 3 a 4 años de cárcel sin derecho a fianza a quien difunda imágenes y videos íntimos sin consentimiento o por venganza

También se aplica de 4 a 7 años de cárcel sin derecho a fianza a quien difunda imágenes de una persona total o parcialmente desnuda en clara violencia a la intimidad sexual.

Además, se aplica de 3 a 8 años a quien difunda imágenes, videos o audios o material sexual para cometer acoso digital.

A su vez, se aplica de 3 a 6 años de prisión a quien robe material sexual y lo difundan en redes sociales.

Mientras que, en el caso de los delitos en contra de menores, se castiga de 4 a 8 años de cárcel a quien engañe a un niño en redes sociales para obtener imágenes sexuales o realizar contactos para tener un encuentro sexual.

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