TEEO resuelve procedimientos especiales

Oaxaca, Oaxaca, Jueves 17 de Mayo, 2018 (Fuente: Comunicado).- El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca resolvió el Procedimiento Especial Sancionador iniciado por la denuncia presentada por Antonio Sánchez Ortiz, representante del Partido Revolucionario Institucional, en contra de Juan Carlos Atecas, candidato a Presidente Municipal de Salina Cruz, por la presunta realización de actos anticipados de campaña.

Demandaron que el denunciante realizó una invitación a través de la red social Facebook a la caravana que se llevaría a cabo para festejar su candidatura como candidato a la presidencia municipal por MORENA. Al respecto los Magistrados consideraron infundados los agravios porque en los elementos de prueba se constató que el ciudadano en mención no asistió a dicho evento, además en la caravana realizada no se advirtió que se hiciera un llamado expreso al voto, o algún mensaje que pudiera advertir que se trataba de un acto proselitista.

Por otra parte, los Magistrados resolvieron el PES/12/2018 en contra de Yolanda Adelaida Santos Montaño, candidata a presidenta de San Jacinto Amilpas, por el Partido MORENA, por la presunta realización de actos anticipados de campaña. La denunciante Julia Zárate Aragón, consideró que existían actos anticipados de campaña porque la aspirante realizó marchas y reuniones públicas en la Colonia Nuevo México, en las cuales la candidata y diversos militantes de MORENA promovieron el voto para su candidatura.

Al respecto, los Magistrados declararon inexistentes los actos que se le atribuyeron a la denunciada, pues las fotografías exhibidas y que fueron verificadas por la Comisión de Quejas y Denuncias, por sí solas, resultan ser insuficiente para demostrar que se realizó un llamado expreso al voto a favor de su candidatura, o bien, la representación de una plataforma electoral propia o de morena.

Durante la Sesión Pública de fecha, 15 de mayo de 2018, el Pleno del TEEO ordenó al Presidente Municipal de San Pedro Huilotepec convoque a Vianey Rasgado Chiñas a Sesiones de Cabildo, así como proporcionar los recursos necesarios para el desempeño de sus funciones, lo anterior porque la autoridad responsable no acreditó con elemento alguno que se haya convocado a la actora a Sesiones de Cabildo desde el tres de noviembre de 2017, hasta la fecha, con la periodicidad que establece el artículo 46 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Oaxaca.

Los Magistrados, también ordenaron al Presidente Municipal de Santa Gertrudis, Zimatlán pague Susana Sarmiento Martínez, el aguinaldo correspondiente a 2017, ello en atención a que de las constancias que existen en el expediente, se desprende que a la mayoría de los concejales si les fue pagada una cantidad por dicho concepto.

En lo referente a que la autoridad responsable ejerció violencia política de género, los Magistrados declararon infundados los agravios, ya que al analizar los hechos que quedaron probados dentro del expediente, a la luz de los elementos señalados por el Protocolo para la Atención de la Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, quedó expuesto que los mismos no fueron llevados a cabo, atendiendo al género de la actora.

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