Ediles que buscan reelección, sin obligación de separarse del cargo

Oaxaca, Oaxaca, Viernes 09 de Marzo, 2018 (Fuente: Información de José Roque Ramírez).- Por acuerdos emitidos por el (IEEPCO) Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca y la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el 29 de agosto del 2017 donde dejó sin efecto artículos de la ley de instituciones y procedimientos electorales que limitaba la reelección, hoy da otro giro que favorece a los presidentes y cabildo.

De tal manera que el presidente municipal en turno puede ser candidato a reelección y continuar en sus funciones en forma normal.

De la misma forma podrán hacerlo los síndicos y regidores que busquen los mismos derechos legales fundamentados jurídicamente.

Aquí los acuerdos y consideraciones que especifican constitucionalmente.

Acuerdos del IEEPCO ofrecen mayores garantías para la reelección de ediles en Oaxaca.

Los acuerdos y lineamientos emitidos por el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), en donde se establecen las reglas para la reelección de las autoridades municipales y diputados locales de nuestro estado, ofrecen todas las garantías para quienes decidan participar en el proceso electoral en curso 2017-2018.

Con base en la información emitida por el IEEPCO, órgano regulador de los procesos electorales de nuestra entidad, las autoridades municipales que decidan participar para ser elegidos por un periodo adicional más de forma continua, no estarían obligados a solicitar licencia del cargo que actualmente ostentan. Toda vez que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) con fecha 29 de agosto de 2017, dictó resolución en las acciones de inconstitucionalidad radicadas en el expediente número 61/2017 y sus acumuladas 62/2017 y 82/2017, lo que dio validez y dejó sin efecto artículos de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Oaxaca (LIPPEO), que limitaban de cierta manera el derecho a la reelección de las autoridades municipales en turno.

Así se establece “conforme a la interpretación realizada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y reiterada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el fundamento mismo de la reelección es la posibilidad de seguir desempeñando el cargo conferido, sometiéndose a la voluntad ciudadana, por lo que la interpretación conforme de las disposiciones que norman la figura de la reelección, en especial los artículos: 20 numeral 4 y 21, numeral 1, fracción II de la LIPEEO, implica que los diputados, Presidentes Municipales, síndicos, y regidores que busquen la reelección no requerirán separarse de sus cargos, aun cuando la legislación electoral contemple la separación”.

Asimismo, el Instituto explica dentro de sus considerandos en el ACUERDO IEEPCO-CG-11/2018, una serie de motivos y fundamentos jurídicos que dan garantías amplias para que diputados locales, presidentes municipales y regidores puedan participar en las elecciones a realizarse el 2 de julio del presente año. Por ejemplo, en materia de elecciones municipales en el 115, fracción I, párrafo segundo, de la constitucional federal la reforma establece que “las Constituciones de los Estados deberán establecer la elección consecutiva para el mismo cargo de presidentes municipales, regidores y síndicos, por un período adicional, siempre y cuando el periodo del mandato de los ayuntamientos no sea superior a tres años. La postulación sólo podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que lo hubieren postulado, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato”.

En ese mismo tenor, continúa diciendo que la interpretación de esta disposición se realizará de conformidad con la resolución de la acción de inconstitucionalidad, acumulada en los expedientes número 126/2015, 127/2015, mediante el cual el Máximo Tribunal Jurisdiccional en el considerando XIV estableció que en:

“El artículo 115 de la Constitución Federal se dice que los municipios serán gobernados por un ayuntamiento de elección popular integrado por un presidente municipal y el número de síndicos y regidores que la ley determine; especificándose en el párrafo segundo de la fracción I de ese artículo que las entidades federativas tienen la obligación de integrar a sus Constituciones Locales el principio de reelección de esos Presidentes Municipales, regidores y síndicos para el mismo cargo. Expresamente se dice en el texto constitucional general que «las Constituciones de los estados deberán establecer la elección consecutiva para el mismo cargo de presidentes municipales, regidores y síndicos”.

Sin embargo, no todo es miel sobre hojuelas en materia de reelección de legisladores y ayuntamientos en Oaxaca. En el marco de dichos acuerdos del IEEPCO, motivados por las recientes reformas políticas a la Constitución Federal y Local, se obliga y limita a aquéllos a hacer uso de los recursos públicos del municipio para hacer promoción personal o campañas electorales; en este sentido, obedeciendo los postulados del artículo 134º de la Constitución Federal. Además, prohíbe en lo absoluto el uso de la propaganda con fines de comunicación social tenga fines políticos y electorales, y debe estrictamente obedecer a fines institucionales, informativos, educativos o de orientación social. Lo anterior, está diseñado para salvaguardar el principio de igualdad y equidad en la contienda electoral.

Una vez dada a conocer esta información oficial, no se han esperado muchas versiones sobre la reelección de ediles municipales de nuestra región costeña. El caso de Pepe Hernández resulta enigmático, por ejemplo, ya que dicen las malas lenguas que aun cuando las encuestas le favorecen y existe un alto índice de resistencia a otra candidatura para el municipio de Huatulco, no ha definido de manera concreta su situación política. Parece ser que hay quienes quieren que la lucha por este municipio no pase por las vías legales, sino obedezca a imposiciones políticas, toda vez que la reelección resulta ahora ser parte de un andamiaje jurídico que les da garantías constitucionales y tienen todas las herramientas legales a su alcance para hacer válidos los derechos políticos que salvaguarda la constitución federal y local. Por lo pronto, el presidente municipal de Huatulco, Pepe Hernández, pronto tendrá que dar una respuesta a la ciudadanía de Huatulco sobre su muy probable reelección como edil

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