{"id":221847,"date":"2026-03-25T10:38:46","date_gmt":"2026-03-25T16:38:46","guid":{"rendered":"https:\/\/oaxacadiaadia.com\/?p=221847"},"modified":"2026-03-25T10:38:47","modified_gmt":"2026-03-25T16:38:47","slug":"congreso-de-oaxaca-aprueba-ley-de-expropiacion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/oaxacadiaadia.com\/?p=221847","title":{"rendered":"Congreso de Oaxaca aprueba ley de expropiaci\u00f3n"},"content":{"rendered":"\n<figure class=\"wp-block-image size-full\"><a href=\"https:\/\/oaxacadiaadia.com\/wp-content\/uploads\/2026\/03\/Congreso-de-Oaxaca-aprueba-ley-de-expropiacion.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"428\" height=\"311\" src=\"https:\/\/oaxacadiaadia.com\/wp-content\/uploads\/2026\/03\/Congreso-de-Oaxaca-aprueba-ley-de-expropiacion.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-221848\" srcset=\"https:\/\/oaxacadiaadia.com\/wp-content\/uploads\/2026\/03\/Congreso-de-Oaxaca-aprueba-ley-de-expropiacion.jpg 428w, 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aprob\u00f3 la ley de expropiaci\u00f3n que fija un plazo de cinco a\u00f1os para que el Ejecutivo indemnice a propietarios afectados y permite ocupar bienes inmuebles destinados a hospitales y escuelas.<\/p>\n\n\n\n<p>Las bancadas del PRI, PT y Movimiento Ciudadano votaron en contra de la iniciativa impulsada por MORENA y sus aliados.<\/p>\n\n\n\n<p>La presidenta de la Junta de Coordinaci\u00f3n Pol\u00edtica (JUCOPO), Tania Caballero Navarro, aclar\u00f3 que la ley no obedece al despojo de bienes p\u00fablicos o privados.<\/p>\n\n\n\n<p>Para ilustrar el alcance de la norma, cit\u00f3 el caso del Parque Primavera, antigua f\u00e1brica de triplay, que describi\u00f3 como un espacio del que se apoder\u00f3 \u201cel llamado cartel del despojo\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEsta ley lo que busca es regresar una parte a la ciudadan\u00eda de lo que les fue despojado\u201d, se\u00f1al\u00f3 Caballero, quien recalc\u00f3 que ese predio fue expropiado porque un grupo de personas lo manten\u00eda bajo su control pese a ser un bien p\u00fablico.<\/p>\n\n\n\n<p>Actualmente, dijo, el parque es utilizado por familias de escasos recursos que antes no ten\u00edan acceso a ese espacio.<\/p>\n\n\n\n<p>La iniciativa fue presentada por el gobernador Salom\u00f3n Jara Cruz para abrogar la norma vigente desde el 30 de diciembre de 1950, que nunca hab\u00eda sido reformada.<\/p>\n\n\n\n<p>Entre las innovaciones centrales del ordenamiento destaca la distinci\u00f3n obligatoria entre dos actos del procedimiento expropiatorio que la ley vigente no diferenciaba con claridad: el Decreto de Utilidad P\u00fablica, que es el acto previo mediante el cual el gobernador declara y motiva la causa de inter\u00e9s colectivo, y el Decreto de Afectaci\u00f3n, que es el acto posterior y ejecutivo que ordena concretamente la expropiaci\u00f3n, la ocupaci\u00f3n temporal o la limitaci\u00f3n de dominio sobre un bien determinado.<\/p>\n\n\n\n<p>La separaci\u00f3n entre ambos instrumentos tiene por objeto evitar arbitrariedades y reducir el riesgo de declaratorias de nulidad como las que se han registrado en otras entidades.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Congreso de Oaxaca aprueba nueva Ley de Expropiaci\u00f3n para fortalecer certeza jur\u00eddica y derechos de la ciudadan\u00eda<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>De este modo, con el prop\u00f3sito de fortalecer el Estado de Derecho, el Congreso del Estado aprob\u00f3 en Sesi\u00f3n Ordinaria el dictamen derivado de la iniciativa que present\u00f3 el titular del Poder Ejecutivo, Salom\u00f3n Jara Cruz, por el que se expide la nueva Ley de Expropiaci\u00f3n del Estado, con el objetivo de sustituir el marco jur\u00eddico que estaba vigente desde 1950, a fin de armonizarlo con los est\u00e1ndares actuales en materia de derechos humanos, debido proceso y seguridad jur\u00eddica.<\/p>\n\n\n\n<p>Al presentar el dictamen, la diputada M\u00f3nica Bel\u00e9n L\u00f3pez Javier, presidenta de la Comisi\u00f3n Permanente de Administraci\u00f3n P\u00fablica, explic\u00f3 que esta nueva legislaci\u00f3n responde a la necesidad de actualizar un ordenamiento que permaneci\u00f3 sin reformas durante m\u00e1s de siete d\u00e9cadas, lo que lo manten\u00eda desfasado frente a la realidad social, jur\u00eddica e institucional de la entidad.<\/p>\n\n\n\n<p>Detall\u00f3 que la nueva ley establece un marco normativo moderno que regula con precisi\u00f3n las causas de utilidad p\u00fablica, define procedimientos administrativos claros y garantiza el respeto pleno a los derechos de las personas. Subray\u00f3 que su dise\u00f1o incorpora los avances constitucionales derivados de la reforma en materia de derechos humanos de 2011, as\u00ed como criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n (SCJN), lo que permite consolidar un esquema en el que la actuaci\u00f3n del Estado se rige por principios de legalidad, transparencia y proporcionalidad.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, destac\u00f3 que el nuevo ordenamiento contempla etapas definidas dentro del procedimiento de expropiaci\u00f3n, asegura el derecho de audiencia, permite la presentaci\u00f3n de pruebas y alegatos, fortalece los mecanismos de indemnizaci\u00f3n mediante criterios objetivos que brindan certeza a las personas afectadas, y se mejora la coordinaci\u00f3n con instancias registrales y catastrales para garantizar claridad en la situaci\u00f3n jur\u00eddica de los bienes.<\/p>\n\n\n\n<p>Por su parte, la presidenta de la Junta de Coordinaci\u00f3n Pol\u00edtica (Jucopo), diputada Tania Caballero Navarro, se\u00f1al\u00f3 que esta Ley representa un instrumento para recuperar bienes en favor del inter\u00e9s p\u00fablico y ampliar el acceso de la ciudadan\u00eda a espacios y servicios de salud y educativos, entre otros.<\/p>\n\n\n\n<p>Indic\u00f3 que la expropiaci\u00f3n no busca despojar a las familias, sino restituir derechos y generar beneficios colectivos, como ocurri\u00f3 con el Parque Primavera.<\/p>\n\n\n\n<p>La nueva legislaci\u00f3n establece un marco actualizado que incorpora nuevas causas de utilidad p\u00fablica acordes con la realidad actual, y delimita con claridad las etapas del procedimiento mediante la diferenciaci\u00f3n entre el Decreto de Utilidad P\u00fablica y el Decreto de Afectaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, garantiza el debido proceso con mecanismos de defensa para el respeto de los derechos de las personas, regula la ocupaci\u00f3n en casos de urgencia bajo criterios estrictos, y fortalece los esquemas de indemnizaci\u00f3n con metodolog\u00edas objetivas, contribuyendo a un equilibrio entre el inter\u00e9s p\u00fablico y el respeto al derecho de propiedad.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Reemplaza Oaxaca ley de expropiaci\u00f3n vigente desde 1950 con nuevo marco de derechos humanos y debido proceso: MORENA<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Y es que, la ley de expropiaci\u00f3n que el Congreso de Oaxaca derog\u00f3 este martes llevaba 76 a\u00f1os sin actualizarse, afirm\u00f3 la diputada local de MORENA, M\u00f3nica Bel\u00e9n L\u00f3pez Javier, al presentar el dictamen que expide una nueva norma orientada a garantizar el debido proceso y el respeto a los derechos fundamentales.<\/p>\n\n\n\n<p>L\u00f3pez Javier, presidenta de la Comisi\u00f3n Permanente de Administraci\u00f3n P\u00fablica, expuso ante el pleno que la ley vigente databa de 1950 y que su desactualizaci\u00f3n la colocaba en franca incompatibilidad con la realidad social, jur\u00eddica e institucional del estado.<\/p>\n\n\n\n<p>En contraste, se\u00f1al\u00f3, la Ley de Expropiaci\u00f3n federal \u2014promulgada en 1936 por L\u00e1zaro C\u00e1rdenas\u2014 ha sido objeto de m\u00faltiples reformas a lo largo de las d\u00e9cadas.<\/p>\n\n\n\n<p>La legisladora destac\u00f3 que el nuevo ordenamiento incorpora etapas claras en el procedimiento administrativo, garantiza el derecho de audiencia, permite ofrecer pruebas y formular alegatos, y asegura que las resoluciones se emitan con transparencia y legalidad.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n fortalece los mecanismos de indemnizaci\u00f3n mediante criterios objetivos y mejora la coordinaci\u00f3n con los registros p\u00fablicos y catastrales.<\/p>\n\n\n\n<p>L\u00f3pez Javier encuadr\u00f3 la reforma en el contexto de la evoluci\u00f3n constitucional mexicana, particularmente la reforma en materia de derechos humanos de 2011 y los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cHoy no es posible hablar de expropiaci\u00f3n sin hablar de debido proceso, de motivaci\u00f3n de los actos de autoridad y de proporcionalidad en las medidas que afectan derechos fundamentales\u201d, sostuvo.<\/p>\n\n\n\n<p>La diputada defini\u00f3 la nueva ley como la consolidaci\u00f3n de un paradigma en el que el Estado conserva su facultad de expropiar, pero debe ejercerla con reglas claras, transparencia y respeto a los derechos de las personas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>MC vota contra ley de expropiaci\u00f3n: mejora la forma pero no corrige el fondo, dice diputada Garc\u00eda Morlan<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Por su parte, la diputada local de Movimiento Ciudadano, Alejandra Garc\u00eda Morlan, vot\u00f3 en contra de la nueva Ley de Expropiaci\u00f3n de Oaxaca, al argumentar que, pese a mejorar la redacci\u00f3n y ordenar el procedimiento, el ordenamiento mantiene al Estado en una posici\u00f3n de ventaja frente a los ciudadanos y carece de contrapesos efectivos para proteger el patrimonio familiar.<\/p>\n\n\n\n<p>Garc\u00eda Morlan pidi\u00f3 imaginar una familia que construye su casa durante a\u00f1os, ahorra e invierte en cada detalle, y un d\u00eda recibe una notificaci\u00f3n de que el Estado ocupar\u00e1 ese espacio por considerarlo de utilidad p\u00fablica. \u201cLa decisi\u00f3n ya est\u00e1 tomada. La discusi\u00f3n viene despu\u00e9s\u201d, advirti\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p>La legisladora reconoci\u00f3 que la iniciativa corrige problemas reales, como el pago de indemnizaciones m\u00e1s justas, pero cuestion\u00f3 que el modelo propuesto sea la misma autoridad la que define qu\u00e9 es de utilidad p\u00fablica, ejecuta la expropiaci\u00f3n y puede ocupar un bien incluso antes de que exista una resoluci\u00f3n definitiva.<\/p>\n\n\n\n<p>En los hechos, dijo, la defensa de los ciudadanos llega tarde.<\/p>\n\n\n\n<p>Garc\u00eda Morlan se\u00f1al\u00f3 que conceptos como motivaci\u00f3n, proporcionalidad y justificaci\u00f3n fueron incorporados al texto, pero sin traducirse en mecanismos que equilibren la relaci\u00f3n entre autoridad y ciudadan\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p>Advirti\u00f3 adem\u00e1s que las causas de utilidad p\u00fablica siguen siendo lo suficientemente amplias como para permitir interpretaciones que justifiquen casi cualquier intervenci\u00f3n estatal.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEl desarrollo no puede construirse a costa de debilitar la seguridad jur\u00eddica de las personas\u201d, sostuvo la diputada, quien reclam\u00f3 una ley que no solo modernice el lenguaje, sino que garantice justicia, equilibrio y respeto pleno a los derechos de la ciudadan\u00eda oaxaque\u00f1a.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>PT rechaz\u00f3 ley de expropiaci\u00f3n por los \u201csuperpoderes\u201d que otorga a la Consejer\u00eda Jur\u00eddica<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En tanto, el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo vot\u00f3 en contra de la nueva Ley de Expropiaci\u00f3n de Oaxaca al objetar los amplios poderes que el dictamen confiere a la Consejer\u00eda Jur\u00eddica y la delegaci\u00f3n de facultades expropiatorias a organismos p\u00fablicos, \u00f3rganos aut\u00f3nomos y municipios, seg\u00fan expuso el diputado Dante Monta\u00f1o Montero.<\/p>\n\n\n\n<p>Monta\u00f1o Montero reconoci\u00f3 que la expropiaci\u00f3n es una facultad ejecutiva con una historia de beneficios para el desarrollo del pa\u00eds, y que la ley estatal que se sustituye databa de al menos 76 a\u00f1os.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, sostuvo que el nuevo ordenamiento desnaturaliza esa facultad al retirarla del \u00e1mbito exclusivo del titular del Ejecutivo, quien hist\u00f3ricamente era el \u00fanico responsable de emitir el decreto expropiatorio.<\/p>\n\n\n\n<p>El legislador cuestion\u00f3 que la redacci\u00f3n del dictamen invade la certidumbre de la propiedad privada y la seguridad jur\u00eddica, y permite a la autoridad actuar de forma arbitraria en la tasaci\u00f3n del valor de los bienes expropiados.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cNo podemos dar un cheque en blanco a la creciente desconfianza que tiene el pueblo de Oaxaca a los funcionarios estatales y darles superpoderes que sin ellos, ha demostrado la galopante ambici\u00f3n\u201d, advirti\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p>Monta\u00f1o Montero se\u00f1al\u00f3 adem\u00e1s que la definici\u00f3n de utilidad p\u00fablica resulta ambigua en el texto, y critic\u00f3 la reducci\u00f3n del plazo de defensa ciudadana a solo cinco d\u00edas h\u00e1biles, lo que a su juicio dificulta una defensa legal oportuna antes de la desposesi\u00f3n del bien.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Ya estaba definido que se iba aprobar ley extinci\u00f3n que obliga a indemnizar en cinco a\u00f1os y permite ocupar inmuebles para construir hospitales y escuelas<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Y es que, la nueva Ley de Expropiaci\u00f3n que dictamin\u00f3 el Congreso del Estado, define las modalidades de afectaci\u00f3n de bienes, reduce de diez a cinco a\u00f1os el plazo m\u00e1ximo para pagar indemnizaciones y a\u00f1ade la construcci\u00f3n de hospitales y escuelas como causa que justifica la ocupaci\u00f3n urgente e inmediata de inmuebles.<\/p>\n\n\n\n<p>La Comisi\u00f3n Permanente de Administraci\u00f3n P\u00fablica de la Sexag\u00e9sima Sexta Legislatura aprob\u00f3 el 13 de marzo el dictamen con proyecto de decreto para expedir la nueva Ley de Expropiaci\u00f3n del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, iniciativa presentada por el gobernador Salom\u00f3n Jara Cruz, para abrogar la norma vigente desde el 30 de diciembre de 1950, que nunca hab\u00eda sido reformada.<\/p>\n\n\n\n<p>Entre las innovaciones centrales del ordenamiento destacaban la distinci\u00f3n obligatoria entre dos actos del procedimiento expropiatorio que la ley vigente no diferenciaba con claridad: el Decreto de Utilidad P\u00fablica, que es el acto previo mediante el cual el gobernador declara y motiva la causa de inter\u00e9s colectivo, y el Decreto de Afectaci\u00f3n, que es el acto posterior y ejecutivo que ordena concretamente la expropiaci\u00f3n, la ocupaci\u00f3n temporal o la limitaci\u00f3n de dominio sobre un bien determinado.<\/p>\n\n\n\n<p>La separaci\u00f3n entre ambos instrumentos tiene por objeto evitar arbitrariedades y reducir el riesgo de declaratorias de nulidad como las que se han registrado en otras entidades.<\/p>\n\n\n\n<p>La ley ampl\u00eda tambi\u00e9n el cat\u00e1logo de causas de utilidad p\u00fablica. A las fracciones ya reconocidas se a\u00f1ade una fracci\u00f3n XIV que contempla expresamente la construcci\u00f3n de hospitales, centros m\u00e9dicos y escuelas de educaci\u00f3n b\u00e1sica, media superior y superior como supuestos que justifican la ocupaci\u00f3n inmediata de un inmueble sin necesidad de audiencia previa al afectado, en casos de urgencia debidamente acreditada.<\/p>\n\n\n\n<p>La incorporaci\u00f3n se sustenta en jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n y atiende, seg\u00fan la exposici\u00f3n de motivos, al rezago que presenta Oaxaca en infraestructura sanitaria y educativa frente al resto del pa\u00eds.<\/p>\n\n\n\n<p>En materia de indemnizaci\u00f3n, el nuevo ordenamiento reduce a cinco a\u00f1os el plazo m\u00e1ximo para que el beneficiario de la expropiaci\u00f3n realice el pago correspondiente, frente al plazo de diez a\u00f1os que ha operado hist\u00f3ricamente.<\/p>\n\n\n\n<p>El aval\u00fao se determinar\u00e1 con base en el valor que emita el Instituto Catastral del Estado de Oaxaca conforme a metodolog\u00eda oficial, y el exceso de valor o dem\u00e9rito derivado de mejoras o deterioros posteriores quedar\u00e1 sujeto a juicio pericial.<\/p>\n\n\n\n<p>La ley tambi\u00e9n habilita mecanismos alternativos de soluci\u00f3n de controversias para fijar el monto indemnizatorio de com\u00fan acuerdo entre autoridad y particular, durante la tramitaci\u00f3n del juicio contencioso administrativo.<\/p>\n\n\n\n<p>El procedimiento de afectaci\u00f3n queda estructurado en etapas cronol\u00f3gicas definidas: trabajos t\u00e9cnicos previos de la instituci\u00f3n solicitante, solicitud formal de inicio, verificaci\u00f3n y acuerdo de la Consejer\u00eda Jur\u00eddica en un plazo de cinco d\u00edas h\u00e1biles, emisi\u00f3n del Decreto de Utilidad P\u00fablica, notificaci\u00f3n personal al propietario con un plazo de diez d\u00edas h\u00e1biles para comparecer y ofrecer pruebas, cierre de instrucci\u00f3n en no m\u00e1s de treinta d\u00edas h\u00e1biles.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalmente, emisi\u00f3n del Decreto de Afectaci\u00f3n. La Consejer\u00eda Jur\u00eddica y Asistencia Legal del Gobierno del Estado queda designada como la dependencia responsable de instruir y resolver el procedimiento.<\/p>\n\n\n\n<p>La ley faculta al Ejecutivo estatal para ordenar la ocupaci\u00f3n inmediata de un bien en casos de urgencia, siempre con fundamentaci\u00f3n y motivaci\u00f3n reforzada, y sin que la interposici\u00f3n de medios de impugnaci\u00f3n suspenda la ocupaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>El afectado conserva, en todo caso, el derecho de reclamar la indemnizaci\u00f3n y de ejercer los recursos correspondientes con posterioridad.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>*Fija un plazo de cinco a\u00f1os para que el Ejecutivo indemnice a propietarios afectados y permite ocupar bienes inmuebles destinados<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":221848,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[11,3,14],"tags":[],"class_list":["post-221847","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-capital","category-las-destacadas","category-titulares"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/oaxacadiaadia.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/221847","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/oaxacadiaadia.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/oaxacadiaadia.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/oaxacadiaadia.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/oaxacadiaadia.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=221847"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/oaxacadiaadia.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/221847\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":221849,"href":"https:\/\/oaxacadiaadia.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/221847\/revisions\/221849"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/oaxacadiaadia.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/221848"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/oaxacadiaadia.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=221847"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/oaxacadiaadia.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=221847"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/oaxacadiaadia.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=221847"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}