{"id":176740,"date":"2022-11-26T09:42:37","date_gmt":"2022-11-26T15:42:37","guid":{"rendered":"http:\/\/oaxacadiaadia.com\/?p=176740"},"modified":"2022-11-26T09:44:48","modified_gmt":"2022-11-26T15:44:48","slug":"en-7-anos-19-muertes-en-carceles-municipales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/oaxacadiaadia.com\/?p=176740","title":{"rendered":"En 7 a\u00f1os, 19 muertes en c\u00e1rceles municipales"},"content":{"rendered":"\n<figure class=\"wp-block-image\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"404\" height=\"403\" src=\"http:\/\/oaxacadiaadia.com\/wp-content\/uploads\/2022\/08\/Polic\u00edas-habr\u00edan-matado-a-mujer-dentro-de-c\u00e1rcel-1.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-172363\" srcset=\"https:\/\/oaxacadiaadia.com\/wp-content\/uploads\/2022\/08\/Polic\u00edas-habr\u00edan-matado-a-mujer-dentro-de-c\u00e1rcel-1.jpg 404w, 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documento, el organismo aut\u00f3nomo detalla que ha emitido tres\nRecomendaciones relacionadas con decesos de personas al interior de\nlos centros de detenci\u00f3n municipal de San Antonino Castillo Velasco\n(06\/2018); San Pedro Ap\u00f3stol (02\/2020) y Santa Mar\u00eda Alotepec, Mixe\n(05\/2022).<\/p>\n\n\n\n<p>Aunado\na que, de 2015 a la fecha ha documentado 19 expedientes relativos a\ndecesos de personas en Santa Mar\u00eda Camotl\u00e1n, Santiago Juxtlahuaca,\nTezoatl\u00e1n de Segura y Luna (donde hubo dos casos, uno de ellos en la\nAgencia de Polic\u00eda de San Mart\u00edn del R\u00edo); La Ci\u00e9nega, Zimatl\u00e1n;\nHuajuapan de Le\u00f3n; Santa Luc\u00eda del Camino; Teotitl\u00e1n de Flores\nMag\u00f3n; San Juan Bautista Tuxtepec; Tataltepec de Vald\u00e9s, Juquila;\nMat\u00edas Romero Avenda\u00f1o; El Espinal; San Juan Lajarcia, Yautepec;\nSalina Cruz; Santa Mar\u00eda Huatulco; Santa Catarina Juquila; Tlalixtac\nde Cabrera; Juchit\u00e1n de Zaragoza; y, San Andr\u00e9s Chicahuaxtla, Putla\nde Guerrero, Oaxaca.<\/p>\n\n\n\n<p>En\n14 casos, el organismo aut\u00f3nomo identific\u00f3 que las autoridades\nse\u00f1alaron que las muertes ocurrieron por suicidio, mientras que, en\ncinco, argumentaron la existencia de complicaciones por enfermedades\no malestares de las personas detenidas, que derivaron en su muerte.<\/p>\n\n\n\n<p>En\ntres de los casos aludidos en el documento, las personas privadas de\nla libertad, se se\u00f1ala que se quitaron la vida con el cintur\u00f3n que\nportaban, lo cual forma parte del cuidado que deber\u00edan tener las\nautoridades ante quienes se encuentran a disposici\u00f3n, asegurarse que\nlas personas detenidas no posean en ese momento prendas u objetos con\nlos que pudieran hacer da\u00f1o a otras personas o a ellas mismas, como\nlas agujetas, y precisamente el cintur\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>En\nla investigaci\u00f3n, la Defensor\u00eda advierte la gravedad del caso de\nZeferino S.M., quien, al encontrarse detenido en la c\u00e1rcel municipal\nde Santa Luc\u00eda del Camino, fue agredido f\u00edsicamente por un elemento\nde la Agencia Estatal de Investigaciones y otras personas m\u00e1s que lo\nacompa\u00f1aban, lo que ocasion\u00f3 su posterior muerte.<\/p>\n\n\n\n<p>Lo\ncual significa que no se tuvo control alguno sobre qui\u00e9n o qui\u00e9nes\npod\u00edan acceder al espacio donde se encontraba a disposici\u00f3n de la\nautoridad, ni la vigilancia debida para asegurarse de que no sufriera\nda\u00f1os en su integridad; o bien,  que existi\u00f3 colusi\u00f3n entre\ndiferentes autoridades para cometer actos contrarios a derecho en\ncontra de la persona detenida, que tuvieron como consecuencia su\nmuerte.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEn\nel caso concreto de quien en vida respondiera al nombre de Salvador\nL.V., se document\u00f3 que dicha persona fue v\u00edctima de homicidio\nmientras se encontraba en la c\u00e1rcel municipal de El Espinal, lo que\npretendi\u00f3 hacerse pasar por un suicidio, pues en el primero de los\ndict\u00e1menes m\u00e9dicos que precedi\u00f3 a la exhumaci\u00f3n del cuerpo, la\nnecropsia concluy\u00f3 que se trat\u00f3 de asfixia por ahorcamiento\n(suicidio); mientras que dos dict\u00e1menes forenses emitidos con\nposterioridad, arrojaron que dicha persona perdi\u00f3 la vida por\nasfixia por estrangulaci\u00f3n armada, esto es, que  fue v\u00edctima de un\nhomicidio mientras se encontraba bajo la custodia de una autoridad\u201d,\nse\u00f1ala el documento.<\/p>\n\n\n\n<p>La\nDDHPO advierte que, si bien en cada uno de los casos documentados en\nla Recomendaci\u00f3n General se han iniciado averiguaciones previas y\/o\ncarpetas de investigaci\u00f3n, la mayor\u00eda no trascienden la\nresponsabilidad en que, al menos por omisi\u00f3n, pudieran haber\nincurrido los servidores p\u00fablicos encargados del resguardo de las\npersonas.<\/p>\n\n\n\n<p>Por\ntanto, para la DDHPO resulta indispensable que se investiguen a fondo\nlos hechos ocurridos, toda vez que ello resulta no solo de inter\u00e9s\npara la familia de las personas que perdieran la vida en esos\nespacios, sino que tambi\u00e9n es una cuesti\u00f3n de orden p\u00fablico al\nrelacionarse con la seguridad p\u00fablica y la procuraci\u00f3n de justicia.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed\ntambi\u00e9n, la DDHPO document\u00f3 que, entre enero de 2020 y noviembre de\n2022 se han registrado 538 quejas por violaciones a derechos humanos\ncometidas presuntamente por elementos de las polic\u00edas municipales.<\/p>\n\n\n\n<p>En\neste contexto, la Defensor\u00eda de los Derechos Humanos del Pueblo de\nOaxaca, emite la Recomendaci\u00f3n General, en la que se solicita en\ncolaboraci\u00f3n a la Secretar\u00eda General de Gobierno que: en\ncoordinaci\u00f3n con los ayuntamientos de Santa Mar\u00eda Camotl\u00e1n;\nSantiago Juxtlahuaca; Tezoatl\u00e1n de Segura y Luna; La Cienega,\nZimatl\u00e1n; Huajuapan de Le\u00f3n; Santa Luc\u00eda del Camino; Teotitl\u00e1n de\nFlores Mag\u00f3n; San Juan Bautista Tuxtepec; Tataltepec de Vald\u00e9s,\nJuquila; Mat\u00edas Romero Avenda\u00f1o; El Espinal; San Juan Lajarcia,\nYautepec; Salina Cruz; Santa Mar\u00eda Huatulco; Santa Catarina Juquila;\nTlalixtac de Cabrera; y en su caso, a Juchit\u00e1n de Zaragoza; y, San\nAndr\u00e9s Chicahuaxtla, Putla de Guerrero; generen las acciones que\ncorrespondan para que las v\u00edctimas indirectas de los hechos\ndelictivos y de violaciones a derechos humanos, tengan acceso a una\nreparaci\u00f3n integral del da\u00f1o y se les brinden las medidas de\nrestituci\u00f3n, rehabilitaci\u00f3n, compensaci\u00f3n y garant\u00edas de no\nrepetici\u00f3n, en sus dimensiones individual, colectiva, material,\nmoral y simb\u00f3lica en t\u00e9rminos de la Ley General de V\u00edctimas y la\nLey de V\u00edctimas del Estado de Oaxaca.<\/p>\n\n\n\n<p>Mientras\nque, a los concejales e integrantes de los ayuntamientos antes\nmencionados, coadyuven con las autoridades de procuraci\u00f3n y\nadministraci\u00f3n de justicia en la integraci\u00f3n de las diferentes\naveriguaciones previas y\/o carpetas de investigaci\u00f3n relacionadas\ncon las muertes al interior de c\u00e1rceles municipales, y en aquellos\ncasos en los que proceda, se realice la reparaci\u00f3n del da\u00f1o\ncorrespondiente en t\u00e9rminos de la Ley General de V\u00edctimas y Ley de\nV\u00edctimas del Estado de Oaxaca.<\/p>\n\n\n\n<p>En\ntanto que, pide en colaboraci\u00f3n a la Fiscal\u00eda General del Estado,\npara que a la mayor brevedad posible realice las diligencias\nnecesarias para integrar y determinar las averiguaciones previas y en\nsu caso, judicializar las carpetas de investigaci\u00f3n relacionadas con\nlas muertes de personas en los separos o c\u00e1rceles municipales.<\/p>\n\n\n\n<p>Al\nCongreso del Estado de Oaxaca, la DDHPO solicita se legisle para\nreforzar la normatividad existente a fin de garantizar los derechos\nhumanos de las personas en detenci\u00f3n en los ayuntamientos del\nestado.<\/p>\n\n\n\n<p>A la\nCoordinaci\u00f3n Estatal de Protecci\u00f3n Civil, requiere que realice\ninspecciones peri\u00f3dicas en los centros de detenci\u00f3n y c\u00e1rceles\nmunicipales de los ayuntamientos y sus agencias en el estado, con la\nfinalidad de prevenir y detectar aquellas situaciones que pudieran\nponer en riesgo a las personas privadas de la libertad, con motivo de\nalguna emergencia natural o por las condiciones estructurales en que\npudieran encontrarse esos espacios.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed\ntambi\u00e9n, insta a la Secretar\u00eda de Salud, para que en el \u00e1mbito de\nsu competencia realicen visitas de supervisi\u00f3n peri\u00f3dicas a las\nc\u00e1rceles y separos municipales de los diferentes ayuntamientos en el\nestado, a fin de evaluar las condiciones sanitarias y de salubridad\nen que pudieran encontrarse esos espacios.<\/p>\n\n\n\n<p>A la\nSecretar\u00eda de Seguridad P\u00fablica, solicita que, en coordinaci\u00f3n con\nlas autoridades municipales y en cumplimiento a lo establecido en la\nLey del Sistema Estatal de Seguridad P\u00fablica de Oaxaca, se capacite\nal personal policial de los ayuntamientos en el estado y sus\nagencias, sobre derechos humanos, perspectiva de g\u00e9nero,\natribuciones y responsabilidades propias del personal en materia de\nseguridad p\u00fablica, uso de la fuerza, y todas aquellas otras\nrelacionadas con sus actividades, a fin de garantizar los derechos\nhumanos de las personas privadas de la libertad en las c\u00e1rceles y\/o\nseparos municipales.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed\ntambi\u00e9n, al existir reiteradas conductas en diversos municipios de\nnuestra entidad que ponen en riesgo los derechos fundamentales a la\nigualdad y al trato digno de las personas internas en las diversas\nc\u00e1rceles o separos municipales de Oaxaca, la Defensor\u00eda de los\nDerechos Humanos del Pueblo de Oaxaca emite las siguientes\nrecomendaciones generales a los 570 Ayuntamientos del Estado de\nOaxaca:<\/p>\n\n\n\n<p>Primera.\nSe realicen las acciones necesarias a fin de que los lugares de\ndetenci\u00f3n con los que cuente el municipio tengan las condiciones\nm\u00ednimas de espacio, iluminaci\u00f3n, ventilaci\u00f3n y sanitarias, a fin\nde que la estancia en ellos sea acorde con la dignidad de las\npersonas.<\/p>\n\n\n\n<p>Segunda.\nSe provea lo necesario para garantizar que las personas detenidas\npuedan tener acceso a alimentos y agua durante su estancia en los\nlugares de detenci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Tercera.\nCon la finalidad de garantizar el derecho a la salud, se efect\u00faen\nlas acciones pertinentes para que los lugares de detenci\u00f3n o\nc\u00e1rceles municipales cuenten con el servicio m\u00e9dico indispensable\npara atender casos de emergencia y\/o realizar las certificaciones\nrelacionadas con la situaci\u00f3n legal de las personas detenidas.<\/p>\n\n\n\n<p>Cuarta.\nSe provea espacios dignos con separaci\u00f3n entre mujeres y hombres,\naccesibles a personas adultas mayores, personas con discapacidad y\ndem\u00e1s condiciones f\u00edsicas que favorezcan la seguridad e integridad\npersonal y eviten la discriminaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Quinta.\nSe instalen c\u00e1maras y\/o equipos de video vigilancia, que cubran\ntanto el interior como el exterior de los lugares de detenci\u00f3n, con\nel fin de prevenir y documentar conductas que pudieran ir en contra\nde los derechos humanos de las personas detenidas.<\/p>\n\n\n\n<p>Sexta.\nSe elaboren o adopten los protocolos de seguridad adecuados, que el\npersonal de custodia deber\u00e1 observar estrictamente a fin de evitar\nque las personas internas sufran alg\u00fan da\u00f1o en su integridad f\u00edsica\no psicol\u00f3gica mientras se encuentren a disposici\u00f3n de la autoridad,\ntomando en consideraci\u00f3n los derechos que por su propia condici\u00f3n\ncorresponden a las personas menores de edad, adultas mayores,\nind\u00edgenas, mujeres, y comunidad LGBTTTIQ+, a fin de garantizar\nplenamente sus derechos humanos.<\/p>\n\n\n\n<p>S\u00e9ptima.\nDentro del plazo de 90 d\u00edas h\u00e1biles, se realice la reparaci\u00f3n del\nda\u00f1o a las v\u00edctimas, en los t\u00e9rminos que establezca la Ley General\nde V\u00edctimas y la Ley de V\u00edctimas del Estado de Oaxaca, en los casos\nde los municipios de Juchit\u00e1n de Zaragoza y de Putla Villa de\nGuerrero, estar\u00e1 sujeto a los resultados del proceso de\ninvestigaci\u00f3n e impartici\u00f3n de justicia de las autoridades\ncompetentes.<\/p>\n\n\n\n<p>Octava.\nEn cada caso concreto, y dentro del plazo de 90 d\u00edas h\u00e1biles, se\nrealice un acto de reconocimiento de responsabilidad y disculpa\np\u00fablica en favor de las v\u00edctimas, respecto de lo cual, se deber\u00e1\nconsensar con las v\u00edctimas o sus familiares y con este organismo, el\nlugar, autoridad, en los casos de los municipios de Juchit\u00e1n de\nZaragoza y de Putla Villa de Guerrero, estar\u00e1 sujeto a los\nresultados del proceso de impartici\u00f3n de justicia de la autoridad\ncompetente.<\/p>\n\n\n\n<p>Novena.\nSe brinde capacitaci\u00f3n al personal encargado de la custodia de los\nlugares de detenci\u00f3n sobre c\u00f3mo prevenir y atender situaciones de\nri\u00f1a, intentos de linchamiento, suicidio, tortura, agresiones de\nterceros, desastres naturales o alguna otra emergencia relacionada\ncon la seguridad f\u00edsica y psicol\u00f3gica de las personas detenidas.<\/p>\n\n\n\n<p>D\u00e9cima.\nEn coordinaci\u00f3n con las autoridades federales y estatales en materia\nde seguridad p\u00fablica, se establezcan procesos de formaci\u00f3n\npermanentes en materia de derechos humanos dirigidos al personal\nadministrativo, policial y de custodia, a fin de que conozcan y hagan\nefectivos los derechos que tienen las personas detenidas.<\/p>\n\n\n\n<p>D\u00e9cima\nPrimera. En dichos procesos de formaci\u00f3n tambi\u00e9n se deber\u00e1n\nincluir los conocimientos jur\u00eddicos y t\u00e9cnicos b\u00e1sicos para el\nejercicio de las atribuciones del personal administrativo, policial y\nde custodia, para que cuenten con las herramientas necesarias para la\nrealizaci\u00f3n de sus actividades conforme a la normatividad aplicable.<\/p>\n\n\n\n<p>D\u00e9cima\nSegunda. Se coloquen en espacios visibles, carteles o alg\u00fan\nimplemento similar conteniendo los derechos que tienen las personas\ndetenidas, a fin de que puedan hacerlos valer de manera adecuada.<\/p>\n\n\n\n<p>D\u00e9cima\nTercera. Se cuente de manera permanente con un juez calificador, o\nautoridad equivalente en aquellos municipios que se rijan por sus\npropios sistemas normativos, con la finalidad de que se pueda atender\na la brevedad la situaci\u00f3n jur\u00eddica de las personas detenidas.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>*Emite DDHPO Recomendaci\u00f3n General a los 570 ayuntamientos de Oaxaca, por muertes de personas en c\u00e1rceles municipales<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":172363,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[3,7,4,14],"tags":[],"class_list":["post-176740","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-las-destacadas","category-municipal","category-policiaca","category-titulares"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/oaxacadiaadia.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/176740","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/oaxacadiaadia.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/oaxacadiaadia.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/oaxacadiaadia.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/oaxacadiaadia.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=176740"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/oaxacadiaadia.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/176740\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":176744,"href":"https:\/\/oaxacadiaadia.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/176740\/revisions\/176744"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/oaxacadiaadia.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/172363"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/oaxacadiaadia.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=176740"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/oaxacadiaadia.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=176740"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/oaxacadiaadia.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=176740"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}