Incrementan multa a Hageo Montero López
Oaxaca, Oaxaca, Viernes 22 de Febrero, 2019 (Fuente: Comunicado).- En cumplimiento a la Sentencia de Sala Regional Xalapa, respecto a que el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, reindividualice la multa impuesta a Hageo Montero López, ex candidato a primer Concejal al Ayuntamiento de Juchitán de Zaragoza. Por mayoría de votos y al haberse desechado los medios de impugnación promovidos por los denunciados ante la Sala Superior, el Pleno del TEEO incrementó la multa al denunciado.
Lo anterior, porque quedó establecido en la sentencia primigenia de este tribunal que María del Sol Cruz Jarquín realizó actividades de diseño, eslóganes y propaganda electoral, así como registros fotográficos de las actividades de campaña.
Cabe hacer mención que durante el periodo que María del Sol fue comisionada a cubrir la campaña del denunciado, sumando el sueldo, más los viáticos que se le otorgaron para tal efecto, dan como resultado 25 mil 195 pesos. Por lo cual la multa paso a ser de 20 mil 150 pesos a la cantidad de 45 mil 345 pesos, importe que deberá ser cubierto por el denunciado ante la Secretaría de Finanzas, dentro del Plazo de 90 días naturales.
Por otra parte, el Pleno del TEEO dejó sin efectos la convocatoria del 08 de febrero del año en curso, emitida por el Ayuntamiento de San Pedro Pochutla, la cual establecía que no podían ser candidatos a Autoridad Auxiliar de la Agencia de Puerto Ángel, los ciudadanos que hubiesen desempeñado tal cargo en el año inmediato anterior y con lo cual pretendan reelegirse.
Ello, porque dicha determinación es restrictiva de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, pues el artículo 115 de la Constitución Federal, establece que Diputados, Presidentes Municipales, Síndicos y Regidores, pueden reelegirse para un periodo similar. Por lo tanto el Pleno determinó que dicho criterio también debe ser aplicado a Autoridades Auxiliares.
Finalmente, el TEEO ordenó al Municipio de San Miguel del Puerto realice una elección extraordinaria en la Agencia de Policía de Barra de Copalita, donde se garantice la participación de todas y todos los ciudadanos de la comunidad indígena. Pues en el informe que rindió el Director Regional de la Zona Sur, del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, se advirtió que en la comunidad en mención existe un total de mil ciento nueve ciudadanos y ciudadanas, lo que demuestra, la transgresión al principio de universalidad del sufragio, pues en la asamblea electiva impugnada únicamente se tuvo una participación de aproximadamente 50 por ciento.