TEEO condenó violencia en sus instalaciones

*Resuelve conflictos electorales de Sistemas Normativos Internos

Oaxaca, Oaxaca, Lunes 19 de Diciembre, 2016 (Fuente: Comunicado).- En sesión pública, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca se pronunció en contra de los hechos violentos suscitados en el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), por parte de habitantes de las comunidades de San Francisco Tutla y San Antonio de la Cal. El magistrado presidente Raymundo Wilfrido López Vásquez, consideró que cualquier violación a sus derechos político electorales que algún ciudadano sufra por parte de una autoridad; institucional, jurisdiccional o comunitaria, tiene que ser reclamado a partir del derecho y nunca a través de la violencia.

Bajo esa premisa, los magistrados electorales resolvieron diversos juicios para la protección de los derechos político electorales de la ciudadanía en el régimen de los sistemas normativos internos, derivados de los procesos de renovación de autoridades electorales en comunidades indígenas.

En este sentido, analizaron el expediente JDCI/56/2016 y su acumulado JNI/23/2016 promovido por ciudadanos de Santiago Matatlán, Tlacolula, en contra del acuerdo IEEPCO-CG-SIN-62/2016 por el cual el Consejo General del IEEPCO calificó como inválida la elección ordinaria de Concejales del citado Ayuntamiento al considerar que no existió la participación de las Agencias que integran dicho municipio.

Al respecto, la ponencia del magistrado Miguel Ángel Carballido Díaz observó que el Instituto al calificar la elección en cuestión dejó de observar los lineamientos con los cuales se rige el sistema normativo de la comunidad; además de que fue evidente que no cumplió con lo establecido en los artículos 264, 265 y 266 del Código Electoral del Estado de Oaxaca, al momento de generar un proceso de mediación, que no puede considerarse como tal, al observar que el IEEPCO solo realizó una mesa de trabajo entre las partes en conflicto, previa a la elección.

Ante ello, por mayoría de votos, con el voto en contra del Magistrado Presidente, el TEEO ordenó revocar el acuerdo impugnado y declarar la validez de la elección en Santiago Matatlán. Cabe mencionar que en su oportunidad, el magistrado López Vásquez comentó que existen antecedentes que indican que las Agencias de ese municipio han expresado su interés por participar en las Asambleas de elección, por lo que “al considerarse una conducta reiterada se tendrían que generar mecanismos dentro de la comunidad que garanticen la participación de los interesados, sin vulnerar por un lado los Derechos Humanos y por el otro el sistema normativo propio de Santiago Matatlán”, señaló.

 

Confirma TEEO elección en San Martín Peras

e invalida elección en Tataltepec de Valdés

 

Durante la Sesión de Pleno los magistrados confirmaron la validez de la Elección en Tataltepec de Valdés, Juquila Oaxaca, al resolver el JDCI/78/2016 los magistrados consideraron que en esta comunidad se vulneró el derecho a ser votados a los integrantes de la agencia municipal de Santa Cruz Tepenixtlahuaca sin ninguna justificación, por lo que se confirmó el acuerdo impugnado mediante el cual el IEEPCO calificó como no válida la elección de concejales de este ayuntamiento.

Al resolver los expedientes JDCI/55/2016 y JDCI/57/2016 mediante el cual ciudadanas indígenas de San Martín peras impugnaron el acuerdo IEEPCO-CG-SIN-46-2016, las demandantes manifestaron que no se convocó para la asamblea electiva y   no se dejó participar a las mujeres de las comunidades indígenas.

Los jueces electorales consideraron que se tiene por acreditado que se convocó a elecciones a través de las autoridades auxiliares de esta localidad y existió la participación de cincuenta y siete mujeres, además que resultaron electas dos mujeres como regidoras, por lo anterior el Pleno del TEEO confirmo el acto impugnado.

Al analizar el expediente JDC/145/2016 y JDC/147/2016 el Pleno del TEEO ordenó al IEEPCO entregar a Jorge Cruz Carrasco, ciudadano de la Agencia Municipal de San Juan de Dios, Reyes Etla y a Virginia Olivera Aguilar de la comunidad de San Lucas Quiavini las copias certificadas que solicitaron por escrito los demandantes, asimismo solicitó al Consejo General de dicho instituto para que a la brevedad posible realice la calificación de la elección de las localidades antes mencionadas.

 

Revoca TEEO Asamblea en San Sebastián Río Dulce

 

El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca invalidó la asamblea de la Agencia Municipal de San Sebastián Río Dulce y ordenó que se emitan las convocatorias a todas y todos los habitantes de dicha agencia municipal, así lo determinaron los magistrados que integran el Pleno del TEEO al resolver los expedientes JDCI/51/2016 y JDCI/54/2016.

Lo anterior debido a que  al rendir su informe circunstanciado la autoridad responsable no refirieron haber emitido las convocatorias correspondientes, además se les impidió el derecho a votar y ser votados a personas de sesenta años y mujeres.

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