Confirman a Alejandro Murat como gobernador de Oaxaca

Confirman a Alejandro Murat como gobernador de Oaxaca

 

Oaxaca, Oaxaca, Lunes 05 de Septiembre, 2016 (Fuente: Comunicado).- El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, confirmó el triunfo de Alejandro Murat Hinojosa como Gobernador Electo; y, con fundamento en el artículo 114 BIS, fracción III, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, ordenó realizar el cómputo final y la calificación de la elección de Gobernador del Estado, y en su caso la declaración de validez y de Gobernador Electo, correspondiente al Proceso Electoral Ordinario 2015-2016.

Lo anterior, al resolver, en sesión pública, el recurso de inconformidad, RIN/GOB/CG/01/2016, promovido por el Partido de la Revolución Democrática en contra de los resultados del cómputo general efectuado por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), la declaración de validez de la elección a Gobernador del Estado de Oaxaca y la constancia de mayoría expedida a favor de Alejandro Ismael Murat Hinojosa, candidato de la coalición “Juntos hacemos más”.

En la demanda, el PRD alegó, entre otras cosas, el supuesto rebase de tope de gastos de campaña por parte de la citada coalición; la violación a principios constitucionales; y la actualización de violaciones sustanciales en la jornada electoral.

En lo que respecta al supuesto rebase de tope de gastos de campaña, el TEEO observó que el partido demandante se limitó a allegar los acuses de recepción de diversas denuncias y quejas presentadas ente las autoridades correspondientes, mismas que, en términos precisados en el artículo 16, párrafo 3, de la Ley de Medios, no tiene valor probatorio suficiente para mostrar por sí mismas que se generaron las situaciones que con ellas se pretendió acreditar.

Por otro lado, en lo referente a que durante la jornada electoral y después de esta, se cometieron violaciones sustanciales, consistentes en: corte de señal de celulares; bodegas con despensas y artículos electrodomésticos; recepción de votación con fecha distinta a la señalada para la celebración de la elección; modificaciones en las actas de cómputo distritales por errores en el sistema; así como, diferencia injustificada de la votación total en las elecciones de Gobernador y Diputados.

El Tribunal Electoral analizó que no acreditaron plenamente las conductas denunciadas, y por ende, el grado de afectación que hayan producido dentro del proceso electoral, y que las mismas sean determinantes para el resultado de la elección; por tanto, no les asistió la razón.

En este sentido, y una vez analizado y revisado de manera exhaustiva todos y cada uno de los puntos demandados por el PRD, los magistrados electorales concluyeron que no se actualiza ninguna causal de nulidad de la elección a Gobernador, y en consecuencia, dejaron firme el triunfo de Alejandro Murat Hinojosa, como Gobernador del Estado de Oaxaca.

Por su parte, el magistrado presidente del TEEO, Raymundo Wilfrido López Vásquez, señaló que todos los juicios presentados hasta el momento ante este órgano jurisdiccional han sido resueltos apegados a derecho, remarcando que “como magistrados hemos caminado resolviendo apegándonos a la norma y hemos sido muy cuidadosos de que este tribunal no se politice”.

Asimismo, el magistrado Miguel Ángel Carballido Díaz, comentó que este proceso electoral fue una demostración de la madurez del pueblo de Oaxaca, “hubo una participación histórica de los ciudadanos en la jornada electoral, ante la complejidad de las nuevas normas electorales, la propia reforma en la materia, y ante algunas voces que llamaban a tener cuidado en estas elecciones”, mencionó.

De esta forma, el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca reconoció a Alejandro Murat Hinojosa como Gobernador Electo.

 

Resuelve TEEO 50 Recursos de inconformidad de la elección de Gobernador

 

El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca resolvió los últimos 16 Recursos de Inconformidad de la elección de Gobernador, durante la Sesión de Pleno el Presidente de este órgano jurisdiccional dio a conocer que fueron interpuestos 50 Recursos de Inconformidad de la elección de Gobernador y dos Recursos de Inconformidad referentes al cómputo General de esta misma elección, los cuales fueron resueltos en su totalidad antes de los plazos establecidos por la ley de manera exhaustiva.

De igual manera el Magistrado Raymundo Wilfrido López Vásquez dio a conocer que derivado del Proceso Electoral Local 2016 se recibieron 151 Recursos de Inconformidad, de los cuales se han resuelto en su totalidad los referentes a la elección de Gobernador y Diputados, así como 40 de la elección de Ayuntamientos quedando pendientes por resolver únicamente 22 medios de impugnación.

En este sentido los magistrados del Pleno resolvieron los Recursos de Inconformidad identificados con las claves RIN/GOB/X/33/2016 y RIN/GOB/X/38/2016 mediante el cual el PRD y MORENA impugnaron la elección de gobernador en el consejo distrital 10 con cabecera en San Pedro y San Pablo Ayutla, en este distrito electoral se modificó el Acta de Cómputo Distrital en tres casillas.

Estos mismos partidos impugnaron el Cómputo Distrital de la elección de gobernador en el distrito 09 con cabecera en Ixtlán de Juárez, por lo cual se integraron los expedientes RIN/GOB/IX/34/2016 y RIN/GOB/IX/35/2016, en este distrito se declaró la nulidad de votación recibida en dos casillas por lo cual también se modificó el Acta de Cómputo Distrital impugnada.

De igual manera el PRD y MORENA impugnaron los distritos de Acatlán de Pérez Figueroa mediante el cual se integró el expediente RIN/GOB/I/36/2016 y RIN/GOB/I/37/2016, asimismo impugnaron la elección de gobernador en el Distrito de Matías Romero Avendaño desarrollado en el expediente RIN/GOB/XI/11/2016 y RIN/GOB/XI/12/2016, también impugnaron la elección en el distrito XIX con cabecera en Salina Cruz y se integró el expediente RIN/GOB/XIX/09/2016 y RIN/GOB/XIX/43/2016 en estos distritos se declaró la nulidad de votación recibida en algunas casillas por lo cual se modificaron las Actas de Cómputo Distrital impugnadas.

Durante la sesión el Pleno también resolvió el cómputo distrital de la elección de gobernador en Asunción Nochixtlán integrada en los expedientes RIN/GOB/V/01/2016 y RIN/GOB/V/40/2016, al resolver este expediente los magistrados determinaron modificar el cómputo distrital de la elección de gobernador, los jueces electorales también resolvieron lo concerniente al cómputo distrital de Oaxaca de Juárez, Juchitán de Zaragoza y San Juan Bautista Tuxtepec en cuyos distritos se modificó el cómputo distrital de la elección de Gobernador asentado en la demanda RIN/GOB/XIII/19/2016 y RIN/GOB/XIII/20/2016, RIN/GOB/XX/29/2016 y RIN/GOB/XX/30/2016, RIN/GOB/II/46/2016 y RIN/GOB/II/47/2016 respectivamente.

Respecto a la elección de Gobernador en los distritos de Loma Bonita formado en el expediente RIN/GOB/III/44/2016 y RIN/GOB/III/45/2016 así como de la Heroica Ciudad de Tlaxiaco integrado en el expediente RIN/GOB/VIII/21/2016 y RIN/GOB/VIII/22/2016 los magistrados confirmaron los cómputos distritales de la elección de Gobernador.

Una vez concluida esta etapa el Pleno del TEEO hará el cómputo final y la calificación de la elección de Gobernador del Estado.

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