Cumplen siete meses retenidos en cárcel

*Trabajadores de la gasolinera comunitaria fueron acusados de desvío de recursos y encerrados de manera arbitraria

Oaxaca, Oaxaca, Lunes 26 de Diciembre, 2022 (Fuente: Agencias).- Hace aproximadamente siete meses, los ciudadanos Erika Díaz Martínez y Rubén Gutiérrez Silva, además de nueve personas más, se encontraban detenidos en la cárcel municipal de Santo Domingo Teojomulco, del distrito de Sola de Vega, región Sierra Sur de Oaxaca, acusados de desviar recursos provenientes de la administración de la gasolinera comunitaria.

Luego de realizar una serie de asambleas, donde los implicados fueron acusados tras realizarse una supuesta auditoría y sin brindarles la posibilidad de defenderse, el 29 de mayo fueron encarcelados por el edil Otoniel Cruz Díaz, apoyado por el total de su cabildo, quienes tomaron justicia por propia mano.

Familiares de las víctimas buscaron apoyo de la Red Nacional de Abogadas Indígenas-Capítulo Oaxaca, quienes denunciaron a las autoridades de este municipio de la Sierra Sur, quienes sentenciaron y ordenaron una multa para Erika, de 10 millones 546 mil 020 pesos, a pagar en seis meses.

El organismo señaló que a los acusados se les impidió presentar las pruebas que acreditaban que no existía el desvío de recursos, además que no presentaron una demanda formal para llevarlos a juicio ante las autoridades estatales, argumentando que por “usos y costumbre” sería el pueblo que el que decidiría sobre el caso.

Sin embargo, hasta el momento ni el edil ni su cabildo han rendido un informe sobre las ganancias que genera la venta de combustible, ni en qué se aplican éstas, ya que la comunidad sigue teniendo las mismas necesidades de siempre, pese a que los montos son bastante significantes.

Hay un menor entre los detenidos; interviene Congreso

Ante la indolencia de las autoridades de justicia estatal sobre este caso, diputados de la 65 Legislatura consideraron urgente que la Fiscalía General de Oaxaca (FGO) libere a los ciudadanos ilegalmente privados de su libertad en la cárcel municipal de Santo Domingo Teojomulco.

“Si bien es cierto que los ayuntamientos tienen capacidad de determinar arrestos como sanción por faltas administrativas, estos no deben superar las 36 horas, en este asunto dependen la vida y la integridad de al menos cuatro personas, incluyendo a un bebé, abordemos este asunto de urgente y obvia resolución”, pidió el diputado Horacio Sosa.

De acuerdo con el artículo 16 constitucional, en su párrafo tercero señala que no podrá librarse orden de aprehensión sino por la autoridad judicial y en su párrafo siguiente agrega que la autoridad que ejecute una orden judicial de aprehensión, deberá poner al inculpado a disposición del juez, y que, de no hacerlo, esta acción será sancionada por la ley penal.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *