Piden al IEEPCO reconsiderar candidatura de Dante Montaño

Oaxaca, Oaxaca, Jueves 13 de Mayo, 2021 (Fuente: Comunicado).- El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) revocó el acuerdo IEEPCO-CG-57/2021 del Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), mediante el cual aprobó las solicitudes de registro de candidaturas a concejalías en los ayuntamientos que se rigen por el sistema de partidos políticos, en el proceso electoral local en curso; y le ordenó se pronuncie nuevamente respecto de la candidatura de Dante Montaño Montero, precandidato a la presidencia municipal de Santa Lucía del Camino, Oaxaca, postulado por la candidatura común integrada por el Partido del Trabajo y el Verde Ecologista de México.

Con el voto en contra de la Magistrada Presidenta, Maestra Elizabeth Bautista Velasco, los Magistrados determinaron que el actor sí tiene la presunción de contar con un modo honesto de vivir.

En el juicio ciudadano identificado con la clave JDC/153/2021, por mayoría, el Pleno señaló que le asiste la razón al denunciante respecto a que el Instituto Estatal Electoral le aplicó, en su perjuicio, de manera retroactiva, el artículo 21 de la Ley de Instituciones, pues los actos y omisiones por los que fue sancionado por cometer violencia política de género en el juicio JDC/13/2020 y la cadena impugnativa que de éste derivó, acaecieron con antelación a la reforma a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, a través de la cual se introdujo la restricción para que quienes hayan sido sancionados por este tipo de violencia no puedan ser registrados como candidatos.

Además, refirió que el Consejo General incorrectamente concluyó que, el simple hecho de que el actor esté inscrito en el “Registro de personas sancionadas en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género”, era suficiente para tener por desvirtuado su modo honesto de vivir; inobservando que dicho Registro solo tiene efectos publicitarios, tal como lo ha determinado la Sala Superior, y no tomó en cuenta las circunstancias particulares del caso, para hacer una correcta valoración de si el actor cumplía o no con el requisito de tener un modo honesto de vivir.

En la sesión pública realizada mediante videoconferencia, este órgano jurisdiccional resolvió: 4 cuadernos de antecedentes, 10 juicios para la protección de los derechos político electorales del ciudadano, un juicio para la protección de los derechos político electorales de la ciudadanía en el régimen de sistemas normativos internos, un procedimiento especial sancionador y tres recursos de apelación.

Magistrados misóginos del TEEO regalan candidatura a Dante Montaño

En tanto, bajo un criterio notoriamente machista, los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO), Raymundo Wilfrido López Vásquez y Miguel Ángel Ortega Martínez justificaron que el Presidente Municipal de Santa Lucía del Camino, el petista Dante Montaño Montero no haya cumplido con la sanción que se le impuso por ejercer violencia política en razón de género en contra la Regidora de Equidad y Género de esa localidad; a pesar que ha transcurrido un año. Y validaron que se le restituya la candidatura de la alianza PT-PVEM para que, en el actual proceso electoral, contienda por su reelección en el cargo.

En la sesión del TEEO, ambos magistrados ordenaron al Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) que, el 4 de mayo negó el registro de Montaño Montero por está inscrito el “Registro de personas sancionadas en materia de violencia política en razón de género”; se pronuncie nuevamente sobre este asunto.

Pero, en la sentencia del juicio número JDC/153/2021, López Vásquez y Ortega Martínez advirtieron al IEEPCO que el Presidente Municipal de Santa Lucía del Camino sí tiene la presunción de contar con un modo honesto de vivir; a pesar de la sanción por violencia contra una mujer que pesa en su contra.

El argumento de ambos juzgadores hombres es que esta acción constitutiva de delito electoral, fue cometida antes de que entrara en vigor la reforma a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, la cual ahora sanciona con la negativa de registro como candidato o candidata a cualquier aspirante sancionado por cometer violencia política en razón de género.

En esta resolución, los dos magistrados reconocen que Dante Montaño Montero no ha cumplido con las sanciones impuestas en el juicio previo con número JDC/13/2020.

Incluso, el magistrado en funciones, Miguel Ángel Ortega Martínez culpó a la Regidora víctima de que el edil de Santa Lucía del Camino no haya atendido todas las medidas ordenadas para resarcir la violencia política.

“Ella no quiere aceptar el material de oficina que se le quiere proporcionar, ella quiere un material distinto, con una calidad distinta, incluso, propone que este material le sea dado a través de un proveedor distinto al que propone la responsable”, expresó.

En este contexto, ambos magistrados acusaron al IEEPCO de señalar de manera errónea que Montaño Montero no tiene un modo honesto de vivir a raíz de esta sanción.

Por su parte, la magistrada presidenta del TEEO, Elizabeth Bautista Velasco, catalogó como engañosos los argumentos expresados por sus compañeros del Pleno; en consecuencia, voto en contra de esta sentencia.

“No podemos generar falacias en una sentencia, diciendo que una persona que ejerce violencia y la sigue ejerciendo, pues es libre y puede volver a contender”, dijo.

“Lamento que no se juzgue con perspectiva de género y que se justifique a una persona que no ha cumplido con una sentencia, no se cumple a medias, no se cumple una parte, no se justifica a quien ya se sancionó; y nosotros justificar que ya cumplió poquito o que ya cumplió a medias, que todavía le falta; es lamentable”, agregó.

Bautista aclaró a Raymundo Wilfrido López Vásquez y Miguel Ángel Ortega Martínez que esta sentencia va en sentido opuesto a la lucha de miles de mujeres contra la violencia política.

“Estamos siendo aquí incongruentes con todo este trabajo que las mujeres han venido luchando y por las nuevas reformas electorales.”

“No estamos dando este acceso a la justicia y esta protección que, desde mi punto de vista, para lo cual como juzgadores estamos obligados. Tenemos que erradicar la violencia política hacia las mujeres, tenemos que hacer válidos los mecanismos para erradicar la violencia, no podemos justificarla nosotros diciendo que ‘pues igual la actora tiene la culpa o está pidiendo cosas excesivas’, como autoridad estamos obligados a que se cumpla”, añadió.

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