Prohibidas velaciones para fallecidos por COVID

*Piden los SSO a la población abstenerse de realizar ceremonias de velación para despedir a familiares que fallezcan por COVID-19

*La inhumación o cremación de los cadáveres debe realizarse de forma inmediata

Oaxaca, Oaxaca, Domingo 10 de Enero, 2021 (Fuente: Comunicado).- Al exponer el tema “Manejo y disposición de cadáveres COVID-19”, la jefa de departamento de Riesgos Ambientales de los Servicios de Salud de Oaxaca (SSO), Andrea Ramón García, explicó que, como medida preventiva, se prohíbe el servicio de velación, las ceremonias luctuosas, o cualquier concentración de personas para despedir a familiares que fallezcan por la infección respiratoria.

Explicó que el 21 de abril del 2020 se dio la última modificación a los lineamientos para el manejo del cadáver SARS-CoV-2, en los que se establece un proceso multidisciplinario que involucra diferentes categorías para el manejo seguro, traslado y disposición final de personas fallecidas debido al virus, que deberán aplicar los trabajadores sanitarios, cementerios, crematorios, funerarias y anfiteatros.

Ello como principio de precaución y a fin de evitar la propagación de la patología respiratoria, además se basa en la premisa de que lo principal es la seguridad del trabajador, de los familiares y de todo el personal involucrado en el manejo del cuerpo, enfatizó.

Detalló que dentro de la norma se establece que el personal sanitario en el área, use adecuadamente el Equipo de Protección Personal (EPP), y respecto a la manipulación del cadáver, este deberá introducirse en una bolsa sanitaria con cierre hermético plastificado dentro de la propia habitación de aislamiento, una vez cerrada se debe rociar en su totalidad con desinfectante de uso hospitalario o con una solución de hipoclorito de sodio al 1%.  Al finalizar se colocará una ficha en el frente de la bolsa con los datos de identificación de la persona fallecida.

En relación a las empresas funerarias, precisó que estas son las responsables de la adecuada clasificación y manejo de Residuos Peligrosos Biológico Infecciosos (RPBI), mismos que deberán ser entregados a la empresa autorizada para su recolección y destino final. No se deben realizar intervenciones de higienización, conservación, embalsamamiento, restauración, reconstrucción y cuidado estético sobre el cadáver.

Hizo hincapié en que después de la transferencia del cuerpo al personal para inhumación o cremación, el vehículo a utilizar debe ser descontaminado, no se autoriza la salida para el traslado internacional de cadáveres para personas fallecidas en Oaxaca, el traslado internacional de cenizas, deberá realizarse conforme a lo establecido en la Legislación Federal aplicable en la materia.

El destino final, podrá ser mediante inhumación o cremación, conforme a lo señalado en el Reglamento de la Ley General de Salud en materia de control sanitario de la disposición órganos, tejidos y cadáveres de seres humanos, y debe realizarse de forma inmediata, indicó.

Advirtió que no se permite el contacto con el cadáver, ni su visualización, el cuerpo debe estar en un féretro sellado, asimismo están prohibidos los velatorios en domicilios particulares, “Las Autoridades Municipales colaboraran adoptando medidas sanitarias durante la inhumación sin discriminación alguna, así como dar el seguimiento al cumplimiento de los lineamientos”.

Finalmente, expresó que la pandemia continúa activa y el riesgo de la transmisión y de complicación de la enfermedad es para todas y todos, por lo que pidió a la sociedad permanecer en casa si es posible, guardar sana distancia y usar cubrebocas al estar en espacios públicos, además de seguir con atención todas las medidas de prevención, e información emitida por los SSO.

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