Ejecución penal salvaguarda derechos de presos
*Oaxaca es referente nacional en la aplicación de la Ley Nacional de Ejecución Penal
Oaxaca, Oaxaca, Viernes 14 de Agosto, 2020 (Fuente: Comunicado).- Ante el contexto de la emergencia sanitaria por COVID-19, el titular del Poder Judicial del Estado, Magistrado Eduardo Pinacho Sánchez, ha estado atento a las recomendaciones emitidas por organismos internacionales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que el 31 de marzo de este año, en un comunicado instó a los países del continente americano a establecer políticas públicas de liberación, lo cual se ha aplicado en la entidad.
El secretario auxiliar de la Secretaría General de Acuerdos Común al Pleno y a la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE), maestro Luis Raúl Hernández Avendaño comentó que es importante realizar acciones en este sentido y procurar el distanciamiento en los centros de reclusión para preservar la salud y vida de quienes ahí se encuentran por diferentes causas.
Indicó que en este tema se ha puesto especial atención, con apego a lo que establecen las leyes nacionales y estatales en la materia por lo que en coordinación con instituciones en la materia se han venido gestionando acciones y analizando diversos expedientes por delito y conducta de personas privadas de su libertad próximas a finiquitar su pena de prisión por razones humanitarias. Hasta el 9 de julio se habían examinado un aproximado de 102 casos.
Hernández Avendaño, señaló que con base en el acuerdo 44/2019 del Consejo de la Judicatura, desde finales del año pasado, la institución realizó la redistribución de las y los jueces de Ejecución Penal, para ubicarlos cercanos a los centros de reclusión.
Expuso que su función consiste en ejecutar las sentencias dictadas por el juez de control y de enjuiciamiento; sin embargo, se extiende a proteger y hacer valer los derechos humanos de las personas privadas de la libertad sentenciadas o en proceso y que cuentan con la medida cautelar de prisión preventiva.
Este juzgador o juzgadora también vigila que se respeten las garantías de quienes visitan a sus familiares que cumplen una condena; igualmente, regula el actuar de la autoridad penitenciaria, que los reclusos sean tratados como sujetos de derechos y los representa ante cualquier anomalía o queja que tengan de los servicios y tratos que reciben durante su periodo de reclusión.