Histórico acuerdo entre UABJO y Tribunal Administrativo

Mario GIRÓN

Oaxaca, Oaxaca, Viernes 15 de Mayo, 2020.- Colaboración conjunta en los campos de la academia, investigación, extensión y difusión de la cultura, servicios de apoyo técnico y tecnológico, son objetivos generales establecidos en el convenio general de colaboración celebrado entre la Universidad Autónoma “Benito Juárez” de Oaxaca (UABJO) y el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Oaxaca (TJAEO).

El rector universitario, Eduardo Carlos Bautista López, así como el Magistrado Presidente del TJAEO, Manuel Velasco Alcántara, acordaron una serie de tareas importantes para alcanzar las metas de un acuerdo histórico celebrado entre un Organismo Público Descentralizado del Estado con un Órgano Constitucional Autónomo del Estado de Oaxaca, respectivamente, en donde destacan las siguientes actividades: 

“Asesoramiento, apoyo técnico e intercambiar servicios en las áreas de investigación, administración, documentación y difusión cultural; desarrollo de proyectos de investigación en áreas de interés social y de equidad de género; organizar y desarrollar cursos, seminarios, conferencias, diplomados, mesas redondas y talleres en temas de interés común”.

“Participación de estudiantes en servicio social, viajes, estancias, prácticas profesionales y proyectos de desarrollo social, asesorías a comunidades estatales, proyectos productivos; participación conjunta en la diversificación de la oferta educativa, mediante programas de educación presencial, semipresencial, continúa, abierta y a distancia, en beneficio del personal de “EL TRIBUNAL”, “LA UNIVERSIDAD” y la sociedad en general”.

“Coeditar, publicar y difundir obras académicas, científicas, culturales, deportivas y divulgación, así como colecciones bibliográficas, trabajos y productos artísticos, culturales y académicos. Realizar un programa de préstamo bibliotecario, así como coadyuvar en el incremento del acervo bibliográfico de las partes”.

“Facilitarse de manera preferencial el uso de instalaciones físicas para eventos de carácter académico, cultural y deportivo; mantener una línea de investigación aplicada que resuelva de forma interdisciplinaria los problemas eje que acuerden Las Partes”.

“Publicar de manera conjunta productos académicos y divulgación; fomentar la cultura de vinculación Universidad -Tribunal; toda acción de interés mutuo, como el fortalecimiento de proyectos académicos y realización de proyectos de investigación; y las demás actividades que acuerden Las Partes para la ejecución del presente convenio.

Se estableció que para la ejecución de las actividades a las que se refiere lo anterior, Las Partes, podrán celebrar convenios específicos de colaboración, derivados del presente instrumento, en los cuales se detallará con precisión la realización de las acciones que se pretenden llevar a cabo en forma correcta, la responsabilidad de cada una de Las Partes, el presupuesto para cada actividad, las fuentes de financiamiento, el personal involucrado, las instalaciones, el equipo a utilizar, el calendario de trabajo, así como todo lo necesario para determinar con exactitud los fines y alcances de cada uno de los acuerdos que serán los instrumentos operativos del presente convenio.

Se subrayó que los convenios específicos, una vez aprobados, deberán ser suscritos por quienes cuenten con las facultades legales suficientes para representar a Las Partes, de acuerdo a su normatividad vigente, y elevados a categoría de anexos de ejecución, formando parte integral del presente instrumento.

Y para el adecuado desarrollo de las actividades a que se refiere el presente instrumento, Las partes, integrarán una Comisión Técnica, cuyas atribuciones serán:

Determinar las acciones aprobadas y factibles de ejecución; coordinar por parte de las personas facultadas la elaboración y firma, de los convenios específicos emanados del presente instrumento. Dar seguimiento al Convenio Marco y Convenios Específicos y evaluar sus resultados.

Quedó establecido que la Comisión Técnica será integrada con un responsable de cada una de las partes, para ello, la UABJO designó a Erick Gómez Ramírez, director de Legislación Universitaria, en tanto, el TJAEO, a Gabriel García Chávez, secretario Particular de la Presidencia.

La vigencia del presente convenio será a partir de la fecha de firma y hasta el 15 de mayo del año 2022, prorrogable por otro periodo similar, previa manifestación de la voluntad de Las Partes, con al menos sesenta días de anticipación a la fecha de vencimiento de la vigencia. Asimismo, podrá darse por terminado de manera anticipada por cualquiera de Las Partes, mediante aviso escrito a la contraparte, con tres meses de anticipación; las actividades que se estén realizando a la fecha, deberán continuar hasta su terminación.

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