Quitan fuero al Presidente

*El Presidente de la República podrá ser juzgado por delitos electorales y de corrupción, así como por otros ilícitos graves, contenidos en el artículo 19 de la Constitución

*Constituye una promesa de campaña del ahora titular del Ejecutivo, Andrés Manuel López Obrador

Oaxaca, Oaxaca, Miércoles 30 de Octubre, 2019 (Fuente: Agencias).- Con 420 votos a favor, 29 en contra y cinco abstenciones, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó la minuta en materia de fuero constitucional para que el Presidente de la República pueda ser juzgado por delitos electorales y de corrupción, así como por otros ilícitos graves, contenidos en el artículo 19 de la Constitución.

Ese artículo establece prisión preventiva oficiosa en casos de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, delitos cometidos con armas y explosivos, así como graves en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud.

De este modo, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformar el fuero constitucional y así ampliar el número de delitos por los cuales podrá ser juzgado el presidente de la República, lo cual constituye una promesa de campaña del ahora titular del Ejecutivo, Andrés Manuel López Obrador, y con lo que Morena asegura que se termina con la corrupción que provenía desde la presidencia.

Las reformas y adiciones de la iniciativa presidencial a los artículos 108 y 111 constitucionales, fue aprobada por 420 votos a favor, 4 abstenciones y 29 en contra.

El dictamen establece que para proceder penalmente contra el Ejecutivo Federal, sólo habrá que acusarlo ante la Cámara de Senadores en los términos del artículo 110, la cual resolverá con base en la legislación penal aplicable.

Luego de los cambios promovidos por los diputados, el dictamen fue devuelto al Senado.

No obstante, la oposición durante el debate, advirtió que esta reforma es tramposa, pues no tiene ningún impacto real si no se cambia el procedimiento por el cual se determina su responsabilidad.

Por su parte, el diputado Pablo Gómez, de Morena, destacó que con esta reforma se termina con la impunidad que protege al presidente de la República, “que impide que durante el tiempo de su encargo sea procesado o sentenciado penalmente”.

Agregó que la reforma al artículo 108 constitucional incluye todo acto de corrupción previsto en el Código Penal como ejercicio ilícito del servicio público.

En igual caso se encuentran los casos relacionados con abuso de autoridad, coalición de servidores públicos, uso ilícito de atribuciones y facultades, delitos por pago y recibo de remuneraciones de los servidores públicos, intimidación, ejercicio abusivo de funciones, tráfico de influencia, cohecho, cohecho a servidores públicos, peculado y enriquecimiento ilícito.

“Cualquiera de esas (anteriores) conductas que caracterizaron la gestión presidencial durante muchos sexenios, eso es lo que estamos ajustando. Estamos ajustando cuentas con la historia y haciendo ver que eso de lo que siempre nos quejábamos de los presidentes, ahora podrá ser perseguido ya contra el presidente en turno”, expuso el legislador, y recordó que además se trata de una promesa de campaña del presidente Andrés Manuel López Obrador.

En contraste, el legislador Ricardo Villareal del PAN, aclaró que el dictamen bajo ninguna circunstancia elimina el fuero constitucional, continúa privilegiando al Presidente, ya que sólo puede ser juzgado por algunos delitos del fuero común y no por cualquier delito.

«No cambia el fuero que tenemos los diputados, los senadores, gobernadores u otros políticos, a nosotros esta reforma no nos toca. Nos deja igual, privilegiados mientras los ciudadanos no tienen estos privilegiados», indicó.

El diputado Gerardo Fernández Noroña del PT manifestó que el presente dictamen dará la oportunidad de saber por qué delitos el Presidente puede ser juzgado, aunque propuso que el fuero constitucional continúe para el primer mandatario de la República.

“No es un privilegio, ni un fuero en sentido estricto porque no te da un tribunal especial para ser juzgado, te da un procedimiento diferente que no es privilegio”, ahondó.

En su oportunidad el presidente de la Junta de Coordinación Política, Mario Delgado, manifestó que con esta reforma se busca que el presidente en funciones pueda ser juzgado por delitos de corrupción, electorales e ilícitos considerados en el artículo 19.

“El 108 constitucional era muy restrictivo respecto de los delitos en los que el presidente de la República en funciones pudiera ser juzgado como era explícitamente traición a la patria y otros delitos del orden común”, dijo.

El también diputado por Morena consideró que con la aprobación de la minuta se da un paso importante para quitar la inmunidad al ejecutivo federal y en San Lázaro se avanza hacia una redefinición del sistema político mexicano.

Adelantó que la semana próxima, cuando se vote la revocación de mandato, consulta popular, fuero constitucional y condonación fiscal por parte del Ejecutivo “vamos a cambiar por completo la figura del presidente de la República”.

En torno al tema del fuero, la presidenta de la Cámara de Diputados, Laura Rojas, recordó que se trata de una iniciativa que presentó López Obrador para que el mismo Ejecutivo federal pueda ser procesado y desaforado en caso de que cometa un delito grave.

Rojas Hernández consideró en tal sentido que todo lo que tenga que ver con fortalecer las condiciones de rendición de cuentas de cualquier funcionario público es adecuado.

Es importante señalar que lo aprobado esta tarde todavía no es ley: la Cámara de Diputados aprobó la minuta para reformar los artículos 108 y 111 de la Constitución, pero como hicieron cambios de la versión original ya fue devuelta al Senado para que ellos también le den el visto bueno.

Cabe destacar que el dictamen sobre el fuero presidencial ya había sido aprobado en marzo pasado en el Senado de la República, con 111 votos a favor y solo uno en contra.

En esta ocasión las modificaciones a los artículos constitucionales referidos también incluyen a los integrantes de ambas cámaras del Congreso de la Unión.

Tras ser enviado al Senado el decreto procederá a ser publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), para que entre en vigor un día después.

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